Taxis
modelos 97,98 y 99 podrán convertirse en servicio particular LEGALIZARÁN SERVICIO PÚBLICO DE 100 MIL VEHÍCULOS
PARTICULARES
Bogotá, 28 jul. (SNE).- Más de 100 mil familias
se beneficiarán por la ley 903 de 2004, que sancionó hoy
el Gobierno Nacional y que permite que cerca de 100 mil automotores
particulares entren legalmente al servicio público.
"Es una Ley que legaliza una actividad económica honrada.
Si algo grave ocurre en las sociedades democráticas es cuando
se ilegalizan las actividades económicas honradas. Si algo
necesitan las sociedades democráticas para superar problemas
sociales es legalizar la actividad honrada, facilitarla",
dijo el Presidente.
Además -añadió- resuelto el problema creo
que se les facilita el acceso al crédito, se les abren caminos
para prosperar como empresarios.
La ley señala que "el Ministerio de Transporte determinará un
período no mayor a seis (6) meses, en el cual se permitirá el
cambio de servicio particular a público de vehículos
tipo volqueta, camperos y vehículos de carga de dos (2)
ejes hasta de cuatro (4) toneladas".
Para reglamentar esta norma, el Ministerio
cuenta con un plazo de 60 días.
Según explicó el Ministro de Transporte, Andrés
Uriel Gallego, esta Ley contribuirá enormemente a la población,
no sólo los 100 mil transportadores sino también
a cerca de 3.000 campesinos.
"El Código de Tránsito, Ley 769, impide que
se cambie de servicio un vehículo y de esta forma estaban
en el limbo más de 100 mil vehículos en Colombia.
La Ley que se presentó hoy permite el cambio de servicio
para que puedan prestar tranquila y legalmente su transporte los "yipaos" de
toda Colombia, los utilitarios menores (vehículos que en
las ciudades prestas servicios de acarreos) y en general los vehículos
de carga menor no superior a cuatro toneladas", explicó el
Ministro de Transporte.
Así mismo, se beneficiarán 13.348 volquetas que
hoy tienen placas particulares y prestan servicio público,
con lo cual se sumarán a las cerca de 35 mil ya prestan
el servicio legalmente.
De acuerdo con Gallego, se benefician 35.327
vehículos
utilitarios de menos de cuatro toneladas, así como una multitud
de camperos en la zona andina, en las tres cordilleras y en la
zona oriental de Colombia que prestan el servicio de transporte
a los sectores periféricos beneficiando a millones de colombianos
que veían amenazado este servicio.
"Para prestar servicio público se requiere placa del
servicio, esta es una ley de carácter transitorio para que
se acojan a esta Ley en un período y condiciones reglamentadas
rápidamente por el Ministerio de Transporte para el cambio
de servicio", puntualizó el jefe de la cartera de Transporte.
De igual forma se permite que los taxis
(servicio público)
puedan convertirse en particulares, una vez dejen de prestar el
servicio.
"Se establece un beneficio que se va a reglamentar para los
taxis entre los modelos 97 y 99, que una vez prestados los servicio
de transporte público pueden pasar a convertirse en vehículos
de servicio particular", explicó el Ministro.
Ahora el Ministerio tendrá 60 días para reglamentar
la Ley teniendo en cuenta tres consideraciones: por ser zonas rurales
o subordinadas de difícil acceso para el servicio de carga
y pasajeros por parte de las empresas habilitadas, por tratarse
de un servicio que es debidamente atendido por empresas habilitadas
para ese tipo de transporte y que por las características
del transporte requieran un tipo especial de vehículos. |