TEXTO
DE LA RESOLUCIÓN
QUE AUTORIZA LA SALIDA TEMPORAL DE FRANCISCO GALÁN
Bogotá, 3 jun. (SNE).- El siguiente es el texto de la resolución
de la Presidencia de la República, que autoriza la salida
de Francisco Galán de la cárcel de Itaguí para
participar, en la ciudad de Bogotá, en el "Foro Internacional
sobre Minas Antipersonales y Acuerdos Humanitarios":
"RESOLUCIÓN
No. 085 de 2004
3 de junio de 2004
"Por el cual se reconoce a una persona la calidad de miembro
representante del Ejército de Liberación Nacional
- ELN"
EL GOBIERNO NACIONAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucional y Legales y en
especial de las que le confiere la ley 418 de 1997, prorrogada
y modificada por la ley 548 de 1999 y por la ley 782 de 2002
CONSIDERANDO
Que el artículo de la ley 418 de 1997 - modificada por
las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002 dispone: "Se entiende
por miembro representante la persona que el grupo armado organizado
al margen de la ley designe como representante suyo para participar
en los diálogos, negociación o suscripción
de acuerdos con el Gobierno Nacional o su delegado".
Que en los últimos días el Gobierno Nacional ha
conocido mensajes del Ejército de Liberación Nacional
ELN que muestran su disposición de avanzar hacia un proceso
de paz.
Que en ese marco, el Ejército de Liberación Nacional
ELN ha designado como su miembro representante a Francisco Galán
(Gerardo Antonio Bermúdez Sánchez), quien actualmente
se encuentra privado dela libertad en un establecimiento carcelario
nacional.
Que el artículo 8 de la Ley 418 de 1997 -prorrogada y modificada
por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002- dispone:" con el
fin de garantizar una participación de los miembros representantes
de los Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley que se encuentren
privados de la libertad en los diálogos, negociaciones y
suscripción de acuerdos, el Gobierno nacional podrá dictar
las medidas necesarias que faciliten su gestión, mientras
cumplen su condena o la medida de aseguramiento respectiva.
Que en desarrollo de la citada norma el
Gobierno nacional expidió el
decreto 2069 de 1998 que dispone en su artículo 1: "para
efectos del parágrafo tres del artículo ocho de la
Ley 418 de 1997, se podrán adoptar con el fin de garantizar
y facilitar la gestión de los m9iembros representantes de
los grupos guerrilleros que se encuentren privados de la libertad,
entre otras las siguientes medidas: (...) E. Determinar el traslado
temporal fuera de los centros de reclusión bajo la supervisión
y vigilancia permanente del INPEC. En virtud de este traslado no
se modificará la situación jurídica de las
personas y no se interrumpirá el tiempo de cumplimiento
de la medida de aseguramiento o de la pena".
Que para facilitar la gestión del miembros representante,
se hace necesario el desplazamiento de FRANCISCO GALÁN (Gerardo
Antonio Bermúdez Sánchez) y su consecuente traslado
desde el centro carcelario donde actualmente se encuentra privado
de la libertad.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Para los efectos mencionados en la parte
considerativa de esta Resolución, reconocer el carácter
de miembro representante del Ejercito de Liberación Nacional
ELN al señor FRANCISCO GALÁN (Gerardo Antonio Bermúdez
Sánchez) por el termino de 24 horas contadas a partir de
las 00 horas del día viernes 4 de junio de 2004.
ARTÍCULO SEGUNDO. En los términos del decreto 2069
de 1998 disponer el traslado temporal del señor FRANCISCO
GALÁN (Gerardo Antonio Bermúdez Sánchez) BAJO
SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA PERMENENTE del Instituto nacional
Penitenciario y Carcelario INPEC, por el termino establecido en
el artículo primero de estas resolución.
ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a
partir de su fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C, a los 3 días
del mes de junio de 2004
FIRMAN
El Presidente de la República
Álvaro Uribe Vélez
El Ministro del Interior y de Justicia
Sabas Pretelt De La Vega
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