Toma
ilegítima y daños generan responsabilidades judiciales
DECLARAN ILEGALIDAD DE SUSPENSIÓN
COLECTIVA DE TRABAJO EN EMCALI
Bogotá, 4 jun (SNE). El Ministerio de la Protección
Social declaró la ilegalidad de la suspensión colectiva
de trabajo, realizada los días 26 y 27 de mayo de 2004,
por parte de trabajadores de Emcali.
De acuerdo con la resolución 1696 de dicha cartera, fechada
el 2 de junio de 2004, el Ministerio indicó que "para
la imposición de las sanciones a los participantes en
la suspensión colectiva de trabajo que se declara ilegal,
se deberá observar el procedimiento disciplinario que
legalmente les corresponda".
Por su parte, la Superintendencia de
Servicios Públicos
Domiciliarios rechazó la conducta de miembros del sindicato
de Emcali y de algunos trabajadores que participaron en la reciente
toma ilegítima de la empresa.
Según un comunicado de la Superservicios, estas personas, "mediante
el empleo de la fuerza, desconocieron los espacios participativos
de concertación y diálogo que han caracterizado
el proceso de reestructuración de Emcali, colocando en
grave riesgo la prestación de los servicios públicos
a cargo de la empresa y ocasionando serios daños a la
sede y bienes de Emcali".
Entre los daños reportados por la entidad figuran el
hurto de dos video-beams, tres computadores portátiles,
un equipo de sonido, importantes documentos y la caja menor de
la gerencia general. Igualmente la destrucción de tres
cámaras de video, archivos con procesos disciplinarios
de los trabajadores y muebles y enseres, entre otros.
La Superintendencia consideró que "Sintraemcali
y los trabajadores que participaron en la toma están llamados
a responder judicialmente por los daños y perjuicios ocasionados
al patrimonio de la empresa".