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Toma ilegítima y daños generan responsabilidades judiciales

DECLARAN ILEGALIDAD DE SUSPENSIÓN COLECTIVA DE TRABAJO EN EMCALI

Bogotá, 4 jun (SNE). El Ministerio de la Protección Social declaró la ilegalidad de la suspensión colectiva de trabajo, realizada los días 26 y 27 de mayo de 2004, por parte de trabajadores de Emcali.

De acuerdo con la resolución 1696 de dicha cartera, fechada el 2 de junio de 2004, el Ministerio indicó que "para la imposición de las sanciones a los participantes en la suspensión colectiva de trabajo que se declara ilegal, se deberá observar el procedimiento disciplinario que legalmente les corresponda".

Por su parte, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios rechazó la conducta de miembros del sindicato de Emcali y de algunos trabajadores que participaron en la reciente toma ilegítima de la empresa.

Según un comunicado de la Superservicios, estas personas, "mediante el empleo de la fuerza, desconocieron los espacios participativos de concertación y diálogo que han caracterizado el proceso de reestructuración de Emcali, colocando en grave riesgo la prestación de los servicios públicos a cargo de la empresa y ocasionando serios daños a la sede y bienes de Emcali".

Entre los daños reportados por la entidad figuran el hurto de dos video-beams, tres computadores portátiles, un equipo de sonido, importantes documentos y la caja menor de la gerencia general. Igualmente la destrucción de tres cámaras de video, archivos con procesos disciplinarios de los trabajadores y muebles y enseres, entre otros.

La Superintendencia consideró que "Sintraemcali y los trabajadores que participaron en la toma están llamados a responder judicialmente por los daños y perjuicios ocasionados al patrimonio de la empresa".

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