ABC
ZONA DE UBICACIÓN
Bogotá, 24 jun. (SNE).- A continuación enviamos
el ABC de la Zona de Ubicación del proceso de negociación
entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia.
¿Qué es la Zona de Ubicación?
La
zona de ubicación, de acuerdo con la Ley 782 de 2002,
es un área precisa y determinada del territorio nacional
dispuesta para la ubicación de los integrantes de los grupos
armados ilegales con los que se adelante un proceso de paz. En
esta zona quedará suspendida la ejecución de las órdenes
de captura contra ellos, hasta que el Gobierno así lo determine,
o declare que ha culminado el proceso. La Fuerza Pública
garantizará la seguridad de los miembros de los grupos armados
organizados al margen de la ley ubicados en la zona.
¿Cuáles son los objetivos de la Zona de Ubicación?
Mediante el acuerdo suscrito entre el Gobierno
Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia el día 13 de mayo de 2004,
se determinó la constitución de una Zona de Ubicación
en área rural del municipio de Tierralta, Córdoba.
Este acuerdo tiene los propósitos de facilitar la consolidación
del proceso de paz que se adelanta con las Autodefensas Unidas
de Colombia, contribuir al perfeccionamiento y verificación
del cese de hostilidades, avanzar hacia la definición de
un cronograma de concentración y desmovilización
de los integrantes de las AUC, permitir la interlocución
de la mesa de diálogo con todos los sectores nacionales
e internacionales y facilitar la participación y contribución
de los ciudadanos al proceso.
¿Para qué le sirve la Zona de Ubicación
al proceso de paz?
Hasta el momento el proceso se ha adelantado
con alta confidencialidad. La constitución de la Zona de Ubicación pretende
generar un escenario de encuentro y de intercambio del proceso
de negociación con distintos sectores y actores de los ámbitos
nacional e internacional. El levantamiento geográfico de
las ordenes de captura es una medida amparada por la ley, que facilita
la continuidad del proceso y el avance en la discusión de
los temas sustanciales que tienen como objetivo la reincorporación
de los integrantes de las organizaciones de autodefensa a la vida
democrática. El Gobierno considera que es necesario avanzar
de manera pragmática en hechos de paz y que el proceso de
concertación que ha existido en torno a esta Zona de Ubicación
es un paso más en la dirección correcta.
¿El Estado mantendrá vigencia al interior de la
Zona de Ubicación?
En el territorio delimitado habrá pleno control por parte
del Estado donde se aplicará el ordenamiento legal vigente.
En caso de presentarse alguna infracción o violación
a la Ley, las autoridades actuarán de igual forma como se
procede en todo el territorio nacional. Existe el compromiso de
las autodefensas de abstenerse de realizar actividades ilícitas,
de reclutar personas, de ejercer presión o amenazas sobre
los pobladores o visitantes, de desarrollar entrenamiento armado
y de ordenar y coordinar acciones ilegales desde la zona. Así mismo
se darán plenas garantías para el ingreso, la salida
y la movilización dentro de la zona a los habitantes y aquellas
personas que desarrollan actividades en ese territorio. De común
acuerdo se establecerán los sitios donde se ubicarán
los integrantes de las autodefensas, de manera que no se afecte
la vida cotidiana de los ciudadanos de la zona.
¿Este proceso se encuentra en el marco de la política
de Seguridad Democrática?
Uno de los principales objetivos de la
política de Seguridad
Democrática es la recuperación del monopolio de la
fuerza en todo el territorio nacional. Uno de los caminos para
lograr este control del territorio es a través de la negociación
con aquellas organizaciones armadas que de manera previa adopten
un cese en sus hostilidades. Quienes se reintegren a la sociedad
y a la vida democrática por esta vía tendrán
todas las garantías para ejercer la política dentro
de la democracia.
¿Cuál es la delimitación de la Zona de Ubicación?
La Zona de Ubicación tiene un área aproximada de
368 km2 que corresponde al 7.8% del total de la jurisdicción
del municipio de Tierralta. Esta zona no comprende el casco urbano
de Tierralta, ni compromete ninguna arteria vial principal. El
corregimiento de Santa Fe de Ralito será la sede principal
donde se adelantarán las conversaciones entre el Gobierno
Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia.
La zona de ubicación parte de Los Volcanes, baja por la
Carretera que conduce a Caramelo, continúa hasta Santa Fe
de Ralito, sigue a Nuevo Paraíso, pasa por Las Aguaditas
hacia la carretera que conduce a San Felipe de Cadillo, toma la
desviación de la carretera que sube a Cumbia, baja a las
Pailas y sigue hasta Palmira. De Palmira sube en la línea
recta hasta Cerro Pelao. De Cerro Pelao en línea recta hasta
la finca Los Agujos, y de allí por la carretera que conduce
de Los Agujos a los Volcanes.
¿Cuál es la vigencia de la Zona de Ubicación?
La Zona de Ubicación tendrá una vigencia de seis
meses a partir de la expedición de la resolución
Presidencial que da por iniciada la Zona. Esta podrá ser
prorrogable de acuerdo con las necesidades del proceso. La fecha
de instalación será el próximo 1 de julio
de 2004. En caso que finalice la vigencia de la zona por decisión
concertada o de manera unilateral, los miembros de las autodefensas
contarán con un plazo de cinco días para la evacuación
de la zona. La Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA
(MAPP/OEA) verificará el cumplimiento de esta garantía,
con el acompañamiento de la Iglesia.
¿Se realizaron estudios de seguridad para la delimitación
de la zona?
La decisión para la ubicación de la zona se tomó luego
de una serie consultas y conceptos de distintas instancias del
Gobierno Nacional y de estudios de seguridad en el contexto del
accionar de los grupos armados ilegales. La zona brinda las condiciones
necesarias para mantener un control efectivo por parte de la Fuerza
Pública, tanto terrestre como aéreo. Por lo tanto,
puede tenerse la certeza que no se realizarán actividades
ilícitas al interior de la zona y que no se cometerán
atentados por parte de otros grupos armados en contra de sus habitantes.
¿La Zona de Ubicación se
encuentra regulada por la Ley?
La Zona de Ubicación se determina en el marco de la aplicación
de la Ley 782 de 2002 que permite el levantamiento de las órdenes
de captura de los miembros de organizaciones armadas en una zona
determinada dentro del territorio nacional. Mientras los miembros
de las autodefensas permanezcan en este territorio bajo el control
del Estado no habrá acciones ofensivas contra los integrantes
de las autodefensas, ni operarán las órdenes de captura
con fines de responder ante tribunales nacionales e internacionales.
Los miembros de las Autodefensas Unidas
de Colombia se abstendrán
de: desarrollar actividades ilícitas, reclutar personas,
ejercer presión o amenazas sobre pobladores o visitantes,
desarrollar entrenamiento armado y ordenar o coordinar acciones
ilegales desde la zona.
¿Qué pasará con las solicitudes de extradición?
Las solicitudes de extradición responden a tratados internacionales
suscritos por Colombia en el marco de la Constitución Nacional.
Los procedimientos siguen su trámite de acuerdo con las
disposiciones legales vigentes.
¿Cómo opera el levantamiento de las órdenes
de captura?
El levantamiento de las órdenes de captura es de carácter
geográfico y sólo opera en el área delimitada
para la Zona de Ubicación. Por parte del Gobierno Nacional
no existe ningún compromiso para el levantamiento individual
de las órdenes de captura para el resto del territorio nacional.
¿Los integrantes de las Autodefensas podrán
salir de la Zona?
El Gobierno podrá expedir autorizaciones especiales para
la salida por un tiempo limitado de los integrantes de las autodefensas
que se encuentran en la Zona de Ubicación. Estas salidas
deberán tener el propósito de cumplir funciones relacionadas
exclusivamente con el proceso de paz, de manera especial con el
cumplimiento del cese de hostilidades y la preparación para
una eventual concentración para el desarme y la desmovilización
de los miembros de la organización.
¿Cuántas personas se ubicarán
en la zona?
En la zona se ubicarán los integrantes del Estado Mayor
Negociador de las Autodefensas Unidas de Colombia, además
de las personas de la organización encargadas de su seguridad.
De manera inicial se calcula un número aproximado de 400
miembros de las Autodefensas.
¿Cómo será el manejo de la convivencia al
interior de la Zona de Ubicación?
Se conformará con carácter permanente el Comité de
Seguridad y Convivencia, conformado por: un delegado de la Oficina
del Alto Comisionado para la Paz, un delegado de la Misión
de Apoyo de la OEA y un delegado de las Autodefensas Unidas de
Colombia. Serán invitados permanentes: la Iglesia, un delegado
del Ministerio de Defensa, la Alcaldía de Tierralta, la
Gobernación de Córdoba, un delegado de la comunidad,
y/o las otras entidades que se acuerden. Este comité tomará decisiones
en aspectos logísticos, evaluará la seguridad de
la zona, tomará algunas decisiones sobre el reglamento interno
de convivencia, comportamiento de los integrantes de las autodefensas,
e ingreso de visitantes a la zona.
¿Cómo será la seguridad de la Zona de Ubicación?
La Fuerza Pública se encargará de la seguridad perimetral
de la zona y del control de acceso. Las personas y vehículos
que ingresen a la zona serán registrados y se someterán
a los controles de seguridad que se dispongan para este propósito.
Dentro del la zona habrá presencia estatal e institucional
permanente. Se establecerá un plan de seguridad que será revisado
por el Comité de Seguridad y Convivencia de manera periódica.
¿Cómo será la financiación
del proceso?
El Estado asume todos los costos que le
corresponden en cuanto al sostenimiento de la Sede del Gobierno,
al sostenimiento de la
Fuerza Pública en las zonas definidas, la atención
de la población civil, el cumplimiento de los acuerdos suscritos
con la OEA, el mantenimiento de la sede donde se adelantarán
las negociaciones y la logística que requiere un proceso
de esta naturaleza.
¿Qué papel cumplirá la
OEA?
De acuerdo con el mandato de los países miembro y del Consejo
Permanente de la OEA se conformó la Misión de Apoyo
al Proceso de Paz (MAPP/OEA) la cual verificará el cumplimiento
de los acuerdos y de los compromisos adquiridos. Dentro de la zona
la OEA tendrá una sede permanente que será protegida
por la Fuerza Pública. Se instalará un Comité Verificador
encabezado por la OEA, además de un representante de la
Oficina del Alto Comisionado para la Paz y un delegado de las Autodefensas.
Este Comité se encargará de elaborar los procedimientos
para la recepción y atención de quejas, informaciones
o denuncias sobre el cumplimiento del cese de hostilidades. De
la misma manera la Misión de Apoyo de la OEA recibirá un
inventario de las armas, material de guerra y municiones en poder
de los miembros de las autodefensas. Igualmente, recibirá un
informe sobre los medios y equipos de comunicación en poder
de civiles o autodefensas, que funcionan en la zona. Así mismo,
la Misión de Apoyo de la OEA desarrollará un proceso
de información y sensibilización sobre el proceso
con las comunidades que habitan la zona.
¿Qué pasará con
el cese de hostilidades?
Para el Gobierno Nacional el cese de hostilidades
se mantiene como un tema fundamental y precondición para continuar con
el proceso, ya que "la aceptación a negociar con violencia
estaría indicando que la vida humana y la libertad serían
negociables". Uno de los propósitos de la Zona de Ubicación
es el perfeccionamiento del cese de hostilidades y el fortalecimiento
de los mecanismos para su verificación. Los miembros del
Estado Mayor Negociador de las Autodefensas Unidas de Colombia
que estarán ubicados en la zona, asumen responsabilidad
directa ante el país y la comunidad internacional por el
adecuado cumplimiento del cese de hostilidades. En la medida que
estas organizaciones cumplan con este compromiso se abre la posibilidad
para una interlocución seria. La reciprocidad en la comprensión
y apoyo a este proceso por parte de la comunidad nacional e internacional
depende en gran medida de la determinación de cesar en las
hostilidades y abandonar todas las actividades ilícitas.
Es importante anotar que los integrantes de las organizaciones
de autodefensa que se encuentran por fuera de la Zona de Ubicación
y que violen el cese de hostilidades, continuarán siendo
objeto de acción militar por parte de la Fuerza Pública.
¿El acuerdo de Santa Fe de Ralito continúa
vigente?
El acuerdo de Santa Fe de Ralito suscrito
entre el Gobierno Nacional y las AUC en Julio de 2003 continúa vigente, manteniendo
los siguientes principios: el logro de la paz nacional solo se
logra a través del fortalecimiento de la gobernabilidad
democrática y el restablecimiento del monopolio de la fuerza
en manos del Estado; perspectiva del desarme y la desmovilización
total de los miembros de las autodefensas; compromiso con el cumplimiento
del cese de hostilidades; compromiso para el abandono de actividades
ilícitas; apertura a la participación de terceros;
rechazo a la violencia como mecanismo para dirimir las diferencias
y aceptación y respeto de los términos de cualquier
acuerdo al que se llegue. |