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ABC ZONA DE UBICACIÓN

Bogotá, 24 jun. (SNE).- A continuación enviamos el ABC de la Zona de Ubicación del proceso de negociación entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia.

¿Qué es la Zona de Ubicación?

La zona de ubicación, de acuerdo con la Ley 782 de 2002, es un área precisa y determinada del territorio nacional dispuesta para la ubicación de los integrantes de los grupos armados ilegales con los que se adelante un proceso de paz. En esta zona quedará suspendida la ejecución de las órdenes de captura contra ellos, hasta que el Gobierno así lo determine, o declare que ha culminado el proceso. La Fuerza Pública garantizará la seguridad de los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley ubicados en la zona.

¿Cuáles son los objetivos de la Zona de Ubicación?

Mediante el acuerdo suscrito entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia el día 13 de mayo de 2004, se determinó la constitución de una Zona de Ubicación en área rural del municipio de Tierralta, Córdoba. Este acuerdo tiene los propósitos de facilitar la consolidación del proceso de paz que se adelanta con las Autodefensas Unidas de Colombia, contribuir al perfeccionamiento y verificación del cese de hostilidades, avanzar hacia la definición de un cronograma de concentración y desmovilización de los integrantes de las AUC, permitir la interlocución de la mesa de diálogo con todos los sectores nacionales e internacionales y facilitar la participación y contribución de los ciudadanos al proceso.

¿Para qué le sirve la Zona de Ubicación al proceso de paz?

Hasta el momento el proceso se ha adelantado con alta confidencialidad. La constitución de la Zona de Ubicación pretende generar un escenario de encuentro y de intercambio del proceso de negociación con distintos sectores y actores de los ámbitos nacional e internacional. El levantamiento geográfico de las ordenes de captura es una medida amparada por la ley, que facilita la continuidad del proceso y el avance en la discusión de los temas sustanciales que tienen como objetivo la reincorporación de los integrantes de las organizaciones de autodefensa a la vida democrática. El Gobierno considera que es necesario avanzar de manera pragmática en hechos de paz y que el proceso de concertación que ha existido en torno a esta Zona de Ubicación es un paso más en la dirección correcta.

¿El Estado mantendrá vigencia al interior de la Zona de Ubicación?

En el territorio delimitado habrá pleno control por parte del Estado donde se aplicará el ordenamiento legal vigente. En caso de presentarse alguna infracción o violación a la Ley, las autoridades actuarán de igual forma como se procede en todo el territorio nacional. Existe el compromiso de las autodefensas de abstenerse de realizar actividades ilícitas, de reclutar personas, de ejercer presión o amenazas sobre los pobladores o visitantes, de desarrollar entrenamiento armado y de ordenar y coordinar acciones ilegales desde la zona. Así mismo se darán plenas garantías para el ingreso, la salida y la movilización dentro de la zona a los habitantes y aquellas personas que desarrollan actividades en ese territorio. De común acuerdo se establecerán los sitios donde se ubicarán los integrantes de las autodefensas, de manera que no se afecte la vida cotidiana de los ciudadanos de la zona.

¿Este proceso se encuentra en el marco de la política de Seguridad Democrática?

Uno de los principales objetivos de la política de Seguridad Democrática es la recuperación del monopolio de la fuerza en todo el territorio nacional. Uno de los caminos para lograr este control del territorio es a través de la negociación con aquellas organizaciones armadas que de manera previa adopten un cese en sus hostilidades. Quienes se reintegren a la sociedad y a la vida democrática por esta vía tendrán todas las garantías para ejercer la política dentro de la democracia.

¿Cuál es la delimitación de la Zona de Ubicación?

La Zona de Ubicación tiene un área aproximada de 368 km2 que corresponde al 7.8% del total de la jurisdicción del municipio de Tierralta. Esta zona no comprende el casco urbano de Tierralta, ni compromete ninguna arteria vial principal. El corregimiento de Santa Fe de Ralito será la sede principal donde se adelantarán las conversaciones entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia.

La zona de ubicación parte de Los Volcanes, baja por la Carretera que conduce a Caramelo, continúa hasta Santa Fe de Ralito, sigue a Nuevo Paraíso, pasa por Las Aguaditas hacia la carretera que conduce a San Felipe de Cadillo, toma la desviación de la carretera que sube a Cumbia, baja a las Pailas y sigue hasta Palmira. De Palmira sube en la línea recta hasta Cerro Pelao. De Cerro Pelao en línea recta hasta la finca Los Agujos, y de allí por la carretera que conduce de Los Agujos a los Volcanes.

¿Cuál es la vigencia de la Zona de Ubicación?

La Zona de Ubicación tendrá una vigencia de seis meses a partir de la expedición de la resolución Presidencial que da por iniciada la Zona. Esta podrá ser prorrogable de acuerdo con las necesidades del proceso. La fecha de instalación será el próximo 1 de julio de 2004. En caso que finalice la vigencia de la zona por decisión concertada o de manera unilateral, los miembros de las autodefensas contarán con un plazo de cinco días para la evacuación de la zona. La Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA (MAPP/OEA) verificará el cumplimiento de esta garantía, con el acompañamiento de la Iglesia.

¿Se realizaron estudios de seguridad para la delimitación de la zona?

La decisión para la ubicación de la zona se tomó luego de una serie consultas y conceptos de distintas instancias del Gobierno Nacional y de estudios de seguridad en el contexto del accionar de los grupos armados ilegales. La zona brinda las condiciones necesarias para mantener un control efectivo por parte de la Fuerza Pública, tanto terrestre como aéreo. Por lo tanto, puede tenerse la certeza que no se realizarán actividades ilícitas al interior de la zona y que no se cometerán atentados por parte de otros grupos armados en contra de sus habitantes.

¿La Zona de Ubicación se encuentra regulada por la Ley?

La Zona de Ubicación se determina en el marco de la aplicación de la Ley 782 de 2002 que permite el levantamiento de las órdenes de captura de los miembros de organizaciones armadas en una zona determinada dentro del territorio nacional. Mientras los miembros de las autodefensas permanezcan en este territorio bajo el control del Estado no habrá acciones ofensivas contra los integrantes de las autodefensas, ni operarán las órdenes de captura con fines de responder ante tribunales nacionales e internacionales.

Los miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia se abstendrán de: desarrollar actividades ilícitas, reclutar personas, ejercer presión o amenazas sobre pobladores o visitantes, desarrollar entrenamiento armado y ordenar o coordinar acciones ilegales desde la zona.

¿Qué pasará con las solicitudes de extradición?

Las solicitudes de extradición responden a tratados internacionales suscritos por Colombia en el marco de la Constitución Nacional. Los procedimientos siguen su trámite de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

¿Cómo opera el levantamiento de las órdenes de captura?

El levantamiento de las órdenes de captura es de carácter geográfico y sólo opera en el área delimitada para la Zona de Ubicación. Por parte del Gobierno Nacional no existe ningún compromiso para el levantamiento individual de las órdenes de captura para el resto del territorio nacional.

¿Los integrantes de las Autodefensas podrán salir de la Zona?

El Gobierno podrá expedir autorizaciones especiales para la salida por un tiempo limitado de los integrantes de las autodefensas que se encuentran en la Zona de Ubicación. Estas salidas deberán tener el propósito de cumplir funciones relacionadas exclusivamente con el proceso de paz, de manera especial con el cumplimiento del cese de hostilidades y la preparación para una eventual concentración para el desarme y la desmovilización de los miembros de la organización.

¿Cuántas personas se ubicarán en la zona?

En la zona se ubicarán los integrantes del Estado Mayor Negociador de las Autodefensas Unidas de Colombia, además de las personas de la organización encargadas de su seguridad. De manera inicial se calcula un número aproximado de 400 miembros de las Autodefensas.

¿Cómo será el manejo de la convivencia al interior de la Zona de Ubicación?

Se conformará con carácter permanente el Comité de Seguridad y Convivencia, conformado por: un delegado de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, un delegado de la Misión de Apoyo de la OEA y un delegado de las Autodefensas Unidas de Colombia. Serán invitados permanentes: la Iglesia, un delegado del Ministerio de Defensa, la Alcaldía de Tierralta, la Gobernación de Córdoba, un delegado de la comunidad, y/o las otras entidades que se acuerden. Este comité tomará decisiones en aspectos logísticos, evaluará la seguridad de la zona, tomará algunas decisiones sobre el reglamento interno de convivencia, comportamiento de los integrantes de las autodefensas, e ingreso de visitantes a la zona.

¿Cómo será la seguridad de la Zona de Ubicación?

La Fuerza Pública se encargará de la seguridad perimetral de la zona y del control de acceso. Las personas y vehículos que ingresen a la zona serán registrados y se someterán a los controles de seguridad que se dispongan para este propósito. Dentro del la zona habrá presencia estatal e institucional permanente. Se establecerá un plan de seguridad que será revisado por el Comité de Seguridad y Convivencia de manera periódica.

¿Cómo será la financiación del proceso?

El Estado asume todos los costos que le corresponden en cuanto al sostenimiento de la Sede del Gobierno, al sostenimiento de la Fuerza Pública en las zonas definidas, la atención de la población civil, el cumplimiento de los acuerdos suscritos con la OEA, el mantenimiento de la sede donde se adelantarán las negociaciones y la logística que requiere un proceso de esta naturaleza.

¿Qué papel cumplirá la OEA?

De acuerdo con el mandato de los países miembro y del Consejo Permanente de la OEA se conformó la Misión de Apoyo al Proceso de Paz (MAPP/OEA) la cual verificará el cumplimiento de los acuerdos y de los compromisos adquiridos. Dentro de la zona la OEA tendrá una sede permanente que será protegida por la Fuerza Pública. Se instalará un Comité Verificador encabezado por la OEA, además de un representante de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y un delegado de las Autodefensas. Este Comité se encargará de elaborar los procedimientos para la recepción y atención de quejas, informaciones o denuncias sobre el cumplimiento del cese de hostilidades. De la misma manera la Misión de Apoyo de la OEA recibirá un inventario de las armas, material de guerra y municiones en poder de los miembros de las autodefensas. Igualmente, recibirá un informe sobre los medios y equipos de comunicación en poder de civiles o autodefensas, que funcionan en la zona. Así mismo, la Misión de Apoyo de la OEA desarrollará un proceso de información y sensibilización sobre el proceso con las comunidades que habitan la zona.

¿Qué pasará con el cese de hostilidades?

Para el Gobierno Nacional el cese de hostilidades se mantiene como un tema fundamental y precondición para continuar con el proceso, ya que "la aceptación a negociar con violencia estaría indicando que la vida humana y la libertad serían negociables". Uno de los propósitos de la Zona de Ubicación es el perfeccionamiento del cese de hostilidades y el fortalecimiento de los mecanismos para su verificación. Los miembros del Estado Mayor Negociador de las Autodefensas Unidas de Colombia que estarán ubicados en la zona, asumen responsabilidad directa ante el país y la comunidad internacional por el adecuado cumplimiento del cese de hostilidades. En la medida que estas organizaciones cumplan con este compromiso se abre la posibilidad para una interlocución seria. La reciprocidad en la comprensión y apoyo a este proceso por parte de la comunidad nacional e internacional depende en gran medida de la determinación de cesar en las hostilidades y abandonar todas las actividades ilícitas. Es importante anotar que los integrantes de las organizaciones de autodefensa que se encuentran por fuera de la Zona de Ubicación y que violen el cese de hostilidades, continuarán siendo objeto de acción militar por parte de la Fuerza Pública.

¿El acuerdo de Santa Fe de Ralito continúa vigente?

El acuerdo de Santa Fe de Ralito suscrito entre el Gobierno Nacional y las AUC en Julio de 2003 continúa vigente, manteniendo los siguientes principios: el logro de la paz nacional solo se logra a través del fortalecimiento de la gobernabilidad democrática y el restablecimiento del monopolio de la fuerza en manos del Estado; perspectiva del desarme y la desmovilización total de los miembros de las autodefensas; compromiso con el cumplimiento del cese de hostilidades; compromiso para el abandono de actividades ilícitas; apertura a la participación de terceros; rechazo a la violencia como mecanismo para dirimir las diferencias y aceptación y respeto de los términos de cualquier acuerdo al que se llegue.

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