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Decreto 541 de 2004
PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR COMISIONADO QUE REPRESENTA A CANALES REGIONALES

Bogotá, 1 mar (SNE).- El Gobierno estableció los requisitos y el procedimiento para elegir al miembro de la junta directiva de la Comisión Nacional de Televisión que representa a los canales regionales.

Según el decreto 541, a los representantes legales de los canales regionales les corresponde elegir a este funcionario.

Quien aspire a ser elegido debe ser ciudadano colombiano, mayor de 30 años, ser profesional universitario o tener experiencia de 10 años en televisión, y no estar incurso en inhabilidades e incompatibilidades de ley.

El procedimiento para elegirlo es el siguiente:

- La CNTV convocará a los representantes legales de los canales regionales para que se reúnan y elijan al nuevo comisionado.

- Esta reunión se realizará dentro del mes anterior al vencimiento del período de dos años del comisionado que está desempeñando el cargo.

- Los representantes de los canales regionales se reunirán en la sede de la CNTV.

- La elección deberá llevarse a cabo en una sola reunión, que no podrá ser suspendida.

- Presidirá la reunión el representante que sea elegido entre ellos por mayoría simple.

-De común acuerdo, los representantes elegirán al secretario.

-El secretario verificará la calidad de los asistentes, mediante los documentos que acrediten su representación legal.

-También advertirá sobre los requisitos y el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo.

-Los representantes de los canales regionales postularán a sus candidatos.

-Cada canal regional podrá postular solamente a un candidato.

-Un mismo candidato podrá ser postulado por más de un representante legal.

-Cada candidato tendrá 30 minutos para exponer sus planteamientos sobre la televisión regional en Colombia.

-El voto será indelegable y público.

-Cada representante podrá votar por un solo nombre.

-Los resultados de la escogencia se definirán por mayoría simple.

-En caso de empate, se harán las votaciones necesarias hasta que un candidato obtenga la mayoría simple.

-El elegido se posesionará ante el Presidente de la República.

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