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Reglamenta las acciones para prevenir actos violentos
GOBIERNO RADICA PROYECTO DE ESTATUTO ANTITERRORISTA EN SENADO

Bogotá, mar 01 (SNE).- El Gobierno Nacional presentó este lunes a consideración del Congreso de la República el proyecto de Ley Estatutaria que desarrolla el Acto Legislativo 02 de 2003, conocido como Reforma Constitucional Antiterrorista.

El proyecto, que consta de 24 artículos, fue dividido en tres partes. La primera está relacionada con las funciones para prevenir actos terroristas, entregando facultades para que las autoridades, (CTI - de la Fiscalía General de la Nación; la Policía Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad - DAS -y la unidad o unidades especiales de policía judicial conformadas con miembros de las Fuerzas Militares, UNESMIL), realicen allanamientos cuando existan "motivos serios" sobre la realización de actos terroristas.

De acuerdo con el texto de la Ley, que será estudiada por el Senado de la República a partir del 16 de marzo, estas actividades tendrán un control de legalidad, consistente en poner a órdenes del fiscal o juez competente, las personas detenidas o actuaciones derivadas del mencionado procedimiento judicial.

"De incumplirse la obligación o términos señalados, el fiscal o el juez que ejerza la función de control de garantías, según el caso, aprehenderá de oficio el conocimiento de la actuación y compulsará copias para que se adelanten las investigaciones respectivas, si a ello hubiere lugar", dice el proyecto de Ley.

Así mismo, se prevé un control de garantías por parte de la Procuraduría General de la Nación para evitar que los funcionarios que ordenan y ejecutan los allanamientos abusen de sus funciones.

"Por solicitud del afectado, la Procuraduría General de la Nación o el organismo de control interno disciplinario, podrá iniciar las investigaciones pertinentes, cuando compruebe que la práctica de las medidas aquí autorizadas, no fueron puestas en conocimiento de la Procuraduría, o del fiscal competente o del juez que ejerza la función de control de garantías, según sea el caso", señala el proyecto.

También como mecanismo de control, el proyecto prevé que al iniciar cada período de sesiones el Gobierno entregará un informe sobre la manera como ha empleado las funciones previstas en el proyecto de Ley.

La segunda parte del proyecto de Ley Estatutaria hace relación a la conformación y constitución de lo que se ha llamado "Unidades Especiales de Policía Judicial Militar, Unesmil", que operarán "en aquellos sitios del territorio nacional donde no exista una autoridad judicial a la que se pueda acudir en forma inmediata o donde el acceso de los funcionarios ordinarios de policía judicial no sea posible por excepcionales circunstancias de orden público".

Estas unidades serán dirigidas y coordinadas por el Fiscal General de la Nación y su conformación estará a cargo del Comandante de las Fuerzas Militares, quien pondrá a consideración de la Fiscalía los nombres de los hombres que las integrarán, previo cumplimiento de los requisitos de Ley.

La tercera parte del proyecto tiene que ver con el informe de residencia que tendrán que rendir todos los habitantes, nacionales y extranjeros, del territorio colombiano.

De acuerdo con el proyecto, este informe tiene como objetivo facilitar las relaciones de los habitantes con el Estado y deberá hacerse ante notario público.

En el informe deberán estar contenidos todos los datos relativos a la residencia y estado civil de las personas, los elementos que permitan la ubicación de su vivienda e informaciones de carácter estadístico.

"Las personas serán identificadas por su nombre y apellidos; uno o varios de sus atributos biológicos inmutables y reconocibles como distintivos inequívocos; y por un complejo numérico personal e invariable en el tiempo y distintivo de su personería jurídica", dice el proyecto.

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