Diez los recibieron en el consejo
comunal
350 ANCIANOS DE SAN ANDRÉS RECIBEN
SUBSIDIO
San Andrés, 13 mar (SNE). El Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar (ICBF) empezó a entregar subsidios de subsistencia
a 350 ancianos pobres de San Andrés, consistentes en 150
mil pesos por cada persona, en el marco del Programa de Protección
al Adulto Mayor.
La directora de calidad del Ministerio
de Protección Social,
Blanca Elvira Cajigas, indicó que en total 373 ancianos
de la isla serán beneficiados con esta iniciativa que se
inició este año en el archipiélago.
Durante el consejo comunal que se llevó a
cabo en la Isla, el Gobierno entregó los subsidios a 10
adultos mayores, en representación de todos los beneficiarios.
Estas diez personas, cada una de las cuales
recibió los
150 mil pesos en sobre sellado, son José David Arévalo
San Juan, Guillermo Gutiérrez, George Grenard Corpus, Porfilio
Manuel Steele, George Bent Struckman, Medhurst Brackman Forbes,
Geddes Christopher Pomare, Hermo Bryan Henry, Atlon Reminston Martínez
Bent y Raul Restrepo Contreras.
George Grenard, conocido por todos como "Chapi", es
viudo y vive con sus dos hijos en el sector de Sound Bay. En el
pasado fue trabajador agropecuario y pescador. Es músico
y ameniza las reuniones de adultos mayores con cánticos
tradicionales.
Porfilio Manuel Steele, conocido como "Proff", nunca
tuvo hijos. Vive con su hermana, quien le provee lo necesario para
su sostenimiento. Es limitado visualmente. Solamente tiene un ojo,
por lo cual tuvo que abandonar su ocupación como ayudante
de carpintería. Vive en el sector de Battle Alley.
Atlon Reminston Martínez Bent tiene 79 años. Nació el
18 de marzo de 1925. Conocido como "Powisto", es casado,
tiene 5 hijos y vive con su esposa en el sector de Barker's Hill.
Fue trabajador agrícola y pescador.
REQUISITOS DEL PROGRAMA DEL ADULTO MAYOR
El programa de auxilios para ancianos es financiado con recursos
de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.
Los requisitos para ser beneficiarios de los subsidios son:
1. Ser colombiano.
2. Como mínimo tener tres años menos de la edad
que rija para adquirir el derecho a la pensión de vejez
de los afiliados al Sistema General de Pensiones.
3. Estar clasificado en los niveles 1 y
2 del Sisbén y
carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir, es decir,
personas que o viven solas y su ingreso mensual no supera medio
salario mínimo mensual vigente, o viven en la calle y de
la caridad pública, o viven con la familia y el ingreso
familiar es inferior o igual al salario mínimo mensual vigente.
4. Residir durante los últimos diez años
en el territorio nacional.
BENEFICIOS
Los beneficios tienen las siguientes modalidades:
1. Un subsidio económico directo para el beneficiario que
no reside en los Centros de Bienestar del Adulto Mayor, hasta por
el (50%) del salario mínimo legal mensual vigente, de acuerdo
con las metas que el Conpes establezca.
2. Un subsidio económico indirecto para los beneficiarios
que residen en Centros de Bienestar del Adulto Mayor, hasta por
el (50%) del salario mínimo legal mensual vigente, de acuerdo
con las metas que el Conpes establezca.
El subsidio económico siempre estará representado
en dinero y en servicios sociales básicos o servicios sociales
complementarios.
Los servicios básicos comprenden el otorgamiento de alimentación,
alojamiento y medicamentos no incluidos en el Plan Obligatorio
de Salud del régimen subsidiado.
Los servicios sociales complementarios
son aquellos que se enfocan al desarrollo de actividades de educación, recreación,
cultura, deporte, turismo y de ocio productivo.
El municipio, el distrito o la autoridad
indígena específica
de la respectiva área, se encargan de diseñar y presentar
un proyecto al Centro Zonal del Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar, que puede contemplar una o las dos modalidades de los
beneficios.
Dicho Centro Zonal lo estudia y lo remite
a la Regional del Instituto a la que corresponde el municipio,
para su aprobación, la
cual dará traslado al Administrador Fiduciario para el giro
de los recursos. El mismo trámite se surtirá una
vez sean identificados los beneficiarios de dicho proyecto.
CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN
En el proceso de selección de beneficiarios que adelante
la entidad territorial, ésta debe aplicar como mínimo
los siguientes criterios de priorización:
1. La edad del aspirante.
2. Los niveles 1 y 2 del Sisbén.
3. El tiempo de permanencia en el municipio.
4. La minusvalía o discapacidad física
o mental del aspirante.
5. Personas a cargo del aspirante.
COFINANCIACIÓN
Para la ejecución del programa de auxilios para ancianos
indigentes, se utiliza la modalidad de cofinanciación entre
la Nación y los entes territoriales.
Los recursos que aporta el municipio para
el desarrollo del programa, serán manejados directamente
por el ente territorial.
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