Fosyga
les reconocerá los
costos en que incurran
IPS TIENEN OBLIGACIÓN DE ATENDER A VÍCTIMAS
DE ATENTADOS TERRORISTAS
- Indemnización por muerte va hasta $7.759.800
en este año.
Bogotá, 6 may. (SNE). - Las Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud (IPS), tanto públicas como privadas, están en
la obligación de atender a las personas afectadas por cualquier
tipo de acción terrorista, recordó el ministro de la Protección
Social, Diego Palacio Betancourt.
El Ministro sostuvo que, adicionalmente, la atención que se preste
a las víctimas debe ser integral y lo más completa posible.
Es decir que contemple todas las etapas para la recuperación del
paciente: recepción en urgencias, hospitalización, procedimientos
quirúrgicos, exámenes de diagnóstico y suministro
de medicamentos y material médico-quirúrgico.
Aclaró que las entidades encargadas de prestar los servicios
de salud no deben preocuparse por los costos que demande la atención
de los pacientes víctimas de atentados terroristas.
"El valor de la atención médica es asumido y cancelado
por el Fosyga a través de la Subcuenta de Eventos Catastróficos
y Accidentes de Tránsito. Por lo tanto, cualquier IPS pública
o privada tiene la obligación de atender a las personas que fueron
afectadas por la acción terrorista, pues el valor en que incurran
por dichos servicios les serán reintegrados una vez presenten
al Fosyga la factura correspondiente", explicó el Ministro
de la Protección Social.
Agregó que a los hospitales que atienden a víctimas de
atentados terroristas se les reconoce el valor total de dicha atención,
es decir sin ningún tope, tal como está establecido en
la Ley 100 de 1993.
MONTOS DE INDEMNIZACIONES
A raíz de los últimos atentados terroristas ocurridos
en el país, el Ministerio recordó que entre las indemnizaciones
que se les reconoce a las personas por atentados terroristas figuran
las siguientes:
-- Para los sobrevivientes y en caso de incapacidad
permanente, hasta 180 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir dos millones
147 mil 940 pesos en este año.
-- A los familiares de la personas que fallecen,
como indemnización
por muerte se les reconoce hasta 600 salarios mínimos diarios
legales vigentes. Es decir siete millones 159 mil 800 pesos en este año.
-- Por gastos funerarios se reconocen hasta 150
salarios mínimos
diarios legales vigentes. Es decir, un millón 789 mil 950 pesos
en este año.
-- Por gastos de transporte se paga, a la entidad
o persona que preste el servicio, hasta 10 salarios mínimos
diarios legales vigentes. Es decir 119 mil 330 pesos.
El Ministerio aclaró que "la indemnización por incapacidad
permanente y por muerte y el pago de los gastos funerarios sólo
serán cancelados por el Fosyga cuando se trate de víctimas
no afiliadas al Sistema General de Pensiones o al Sistema de Riesgos
Profesionales".
Cabe recordar que para el pago de las indemnizaciones se requiere diligenciar
documentos como:
-- Formulario de reclamación debidamente
diligenciado.
-- Fotocopia ampliada del documento de identidad del beneficiario
-- Certificado de ocurrencia del evento, expedido por el alcalde.
-- Fotocopia autenticada del registro civil de
defunción de la
víctima.
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