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Fosyga les reconocerá los costos en que incurran

IPS TIENEN OBLIGACIÓN DE ATENDER A VÍCTIMAS DE ATENTADOS TERRORISTAS

  • Indemnización por muerte va hasta $7.759.800 en este año.

Bogotá, 6 may. (SNE). - Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), tanto públicas como privadas, están en la obligación de atender a las personas afectadas por cualquier tipo de acción terrorista, recordó el ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

El Ministro sostuvo que, adicionalmente, la atención que se preste a las víctimas debe ser integral y lo más completa posible. Es decir que contemple todas las etapas para la recuperación del paciente: recepción en urgencias, hospitalización, procedimientos quirúrgicos, exámenes de diagnóstico y suministro de medicamentos y material médico-quirúrgico.

Aclaró que las entidades encargadas de prestar los servicios de salud no deben preocuparse por los costos que demande la atención de los pacientes víctimas de atentados terroristas.

"El valor de la atención médica es asumido y cancelado por el Fosyga a través de la Subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito. Por lo tanto, cualquier IPS pública o privada tiene la obligación de atender a las personas que fueron afectadas por la acción terrorista, pues el valor en que incurran por dichos servicios les serán reintegrados una vez presenten al Fosyga la factura correspondiente", explicó el Ministro de la Protección Social.

Agregó que a los hospitales que atienden a víctimas de atentados terroristas se les reconoce el valor total de dicha atención, es decir sin ningún tope, tal como está establecido en la Ley 100 de 1993.

MONTOS DE INDEMNIZACIONES

A raíz de los últimos atentados terroristas ocurridos en el país, el Ministerio recordó que entre las indemnizaciones que se les reconoce a las personas por atentados terroristas figuran las siguientes:

-- Para los sobrevivientes y en caso de incapacidad permanente, hasta 180 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir dos millones 147 mil 940 pesos en este año.

-- A los familiares de la personas que fallecen, como indemnización por muerte se les reconoce hasta 600 salarios mínimos diarios legales vigentes. Es decir siete millones 159 mil 800 pesos en este año.

-- Por gastos funerarios se reconocen hasta 150 salarios mínimos diarios legales vigentes. Es decir, un millón 789 mil 950 pesos en este año.

-- Por gastos de transporte se paga, a la entidad o persona que preste el servicio, hasta 10 salarios mínimos diarios legales vigentes. Es decir 119 mil 330 pesos.

El Ministerio aclaró que "la indemnización por incapacidad permanente y por muerte y el pago de los gastos funerarios sólo serán cancelados por el Fosyga cuando se trate de víctimas no afiliadas al Sistema General de Pensiones o al Sistema de Riesgos Profesionales".

Cabe recordar que para el pago de las indemnizaciones se requiere diligenciar documentos como:

-- Formulario de reclamación debidamente diligenciado.

-- Fotocopia ampliada del documento de identidad del beneficiario

-- Certificado de ocurrencia del evento, expedido por el alcalde.

-- Fotocopia autenticada del registro civil de defunción de la víctima.

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