Superintendencia
de Notariado advierte a las notarías
DECLARACIONES EXTRAJUICIO NO SON NECESARIAS
Bogotá, 13 may. (SNE). - Las declaraciones extrajuicio
para el reconocimiento de un derecho particular y concreto, ya
no podrán ser exigidas en las entidades públicas.
Así lo afirmó el Superintendente de Notariado
y Registro, José Felix Lafourie, en una instrucción
administrativa que envió a todos los notarios del país.
Denunció que tiene conocimiento de que en el caso de
las declaraciones extraproceso, sobre todo las que están
exentas de pagar derechos notariales, algunas entidades públicas
las solicitan sin atender los principios de economía y
celeridad de la función administrativa.
Lafaurie Rivera indicó que la buena fe se presume en
las gestiones que adelantan los particulares ante las autoridades
públicas, tal y como lo dispone la Constitución
Política.
Recordó que en 1995 se expidió el decreto 2150,
norma que es totalmente desconocida y que no tiene aplicación.
En esta norma se ordenaba que en las actuaciones administrativas
quedaba suprimido como requisito las declaraciones extrajuicio
para el reconocimiento de un derecho particular. Para esos efectos
bastará la afirmación que haga el particular ante
la entidad pública, la cual tendrá los mismos efectos
y consecuencias de la declaración extrajuicio.
El superintendente dijo a los notarios que es su deber, como
garantes de la legalidad, informar a los ciudadanos de la supresión
de este requisito.
Así mismo, aconsejar a las autoridades públicas
que están exigiendo requisitos adicionales para el ejercicio
de un derecho, recordándoles su deber de cumplir la Constitución.
Aclaró que si el ciudadano insiste en sacar una declaración
extraproceso, el notario no se puede negar a prestar el servicio.
Sin embargo -anotó- espero que poco a poco su desinteresado
consejo ayude a construir entre los usuarios una cultura que
desestimule el papeleo innecesario y costoso, y que exiga a la
administración pública el cumplimiento y la aplicación
de las normas que rigen su despacho.