Podrán ser utilizados para inversión
o para combustible
REGLAMENTAN USOS DE SUBSIDIOS DE ENERGÍA
EN ZONAS NO INTERCONECTADAS
Bogotá, 20 may. (SNE). - El Gobierno Nacional reglamentó la
forma como pueden ser utilizados los subsidios destinados a los usuarios
de energía en las llamadas Zonas No Interconectadas (ZNI) del
país.
Por medio del decreto 1591 del 19 de mayo el
Ministerio de Minas y Energía
señaló que los subsidios de energía podrán
ser empleados para inversión y para cubrir los costos del combustible
requerido por las plantas de generación eléctrica en esas
zonas.
Cuando el subsidio se destine a cubrir los costos
de generación
de las plantas de generación eléctrica, se calculará por
localidad año; se tendrán en cuenta las horas de prestación
del servicio; se considerará la cantidad de energía efectivamente
entregada; se tendrá en cuenta el costo del combustible en el
sitio.
Así mismo se determinará un porcentaje de pérdidas
promedio para todas las localidades; se tendrán en cuenta las
tarifas que defina la Comisión de Regulación de Energía
y Gas (CREG) para las ZNI.
Dentro de 18 meses el cálculo se basará en la medición
de la energía efectivamente entregada a los usuarios.
Una vez el municipio se integre al Sistema Interconectado
Nacional el 50 por ciento del subsidio que le correspondía, pasará automáticamente
a la municipalidad no conectada del mismo departamento que le siga en
población.
La norma señala que el Ministerio de Minas aplicará los
subsidios de acuerdo con el cálculo efectuado y tomando como referencia
los recursos asignados.
Una vez expedida la resolución para la transferencia de los recursos
por parte del Ministerio de Minas, se concertará con la empresa
que presta el servicio de energía, qué porcentaje del subsidio
será destinado a inversión y cuál a cubrir los costos
de combustible..
Los recursos que se decidan para inversión serán transferidos
a una cuenta bancaria de la empresa prestadora del servicio, y los destinados
al combustible serán enviados directamente al proveedor del combustible.
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