Noviembre de 2004

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

31
 
DIAN recuerda fechas de vencimientos

TODOS LOS CONTRIBUYENTES DEBEN INSCRIBIRSE EN EL RUT

Bogotá, 04 nov. (SNE). - La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó que todos los contribuyentes deberán inscribirse o actualizar la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT).

El organismo reiteró las fechas limite en las que las personas jurídicas o naturales, dependiendo del tipo de contribuyente que sean, deberán tener en cuenta para la inscripción o actualización del registro en el RUT.

La DIAN señaló que los vencimientos para las personas jurídicas ya comenzaron y terminan el 25 de febrero del próximo año.

Los vencimientos iniciaron el 19 de octubre para las personas cuyos dos últimos dígitos del NIT terminaron en 01. Para los que finalicen entre 93 y 00 concluyen el 25 de febrero, de acuerdo con el calendario fijado por la DIAN.

La primera semana de enero de 2005 comenzarán los vencimientos para las personas naturales que durante el año 2003 hayan sido declarantes únicamente del impuesto de renta y continúen igual en el 2004.

También para los no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT.

Por ejemplo los terminados de 43 a 49 vencen entre el 3 y el 7 de enero de 2005 y así sucesivamente hasta llegar a los dígitos del 36 al 42 que vencen entre el 11 de abril y el 15 del mismo mes.

Los denominados grandes contribuyentes (grandes empresas) podrán inscribirse en el RUT en las fechas que ellos mismos decidan, siempre y cuando no pasen del 25 de febrero de 2005.

Con respecto a las personas que por los cambios en la última ley tributaria comienzan a presentar declaración de renta y a pagar en el año gravable 2004, el plazo máximo para inscripción es la misma fecha que tengan como vencimiento para cumplir con esa obligación. Esos plazos los divulgará la DIAN cuando publique el calendario tributario 2005 en el próximo mes de diciembre.

Los responsables del régimen simplificado del IVA serán inscritos por la propia DIAN hasta el 30 de junio, y asumen el compromiso de colocar en un lugar del establecimiento el certificado de inscripción en el RUT.

Por su parte para los responsables del régimen común de IVA, los agentes retenedores, los importadores, exportadores y los demás usuarios aduaneros, los vencimientos vencen de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. Estos arrancaron el 19 de octubre y concluyen el 25 de febrero del año próximo.

 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA