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Municipios deberán pignorar rentas de salud

LISTO DECRETO QUE PERMITE PRÉSTAMOS PARA REESTRUCTURACIÓN DE HOSPITALES

Bogotá, 12 nov (SNE). El Ministerio de Hacienda expidió el decreto 3690 por medio del cual autoriza la entrega de préstamos condonables a las entidades territoriales, con el fin de adelantar los programas de modernización y reorganización de la red hospitalaria pública.

El decreto señala que con la modernización y organización de la red hospitalaria, se busca garantizar el acceso e integralidad en la prestación de los servicios de salud a la población en condiciones de calidad y eficiencia en el uso de los recursos públicos.

Entre las reestructuraciones están contempladas acciones como las fusiones, los ajustes, las supresiones o liquidaciones de las instituciones prestadoras de los servicios de salud, pertenecientes a la red.

Los créditos que entregue el Gobierno Nacional a los municipios y gobernaciones deberán estar garantizados, mediante la pignoración a favor de la Nación de las rentas que del Sistema General de Participaciones se destinen a la salud.

A su vez el Ministerio de Protección Social suscribirá convenios de desempeño con las entidades territoriales, donde se señalen los compromisos de las partes, las metas y los responsables de su ejecución, así como la forma de evaluación.

En el decreto se advierte que esos préstamos serán condonados, siempre y cuando la respectiva entidad territorial y la red hospitalaria cumplan varios parámetros.

Entre ellos están la flexibilización de los costos fijos a partir de ajustes de las plantas de personal.

Un ajuste en los costos operacionales y no operacionales de los servicios personales de la nómina y un equilibrio operacional de las Instituciones Prestadoras de los Servicios de Salud (IPS).

Así mismo deben cumplirse las metas de producción de servicios ambulatorios, hospitalarios, de promoción y de prevención de acuerdo con el portafolio de servicios.

También deberán implementar un sistema de seguimiento y evaluación de la calidad, y llegar a la optimización de los procesos de facturación y recaudo.

Finalmente tiene que diseñar formas de contratación y pago consistentes con la cantidad y el valor de los servicios efectivamente prestados.

Los indicadores y las metas que deberán cumplir las IPS serán definidos por el Ministerio de la Protección Social, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeación.

Uno de los parágrafos advierte que cuando en el diseño y ajuste de la red de prestación de servicios en cada entidad territorial se determine la necesidad de liquidar o fusionar instituciones, los compromisos de esa IPS deberán asociarse a la ejecución total y efectiva de los procesos de liquidación o fusión establecidos en los convenios de desempeño.

Con el fin de verificar el cumplimiento de los programas de reestructuración, los ministerios de Hacienda y Protección y Planeación Nacional constituirán un comité de seguimiento y condonación, cuyos miembros serán designados por los ministros.

Este comité será de tres miembros y será el responsable de determinar el cumplimiento anual de los indicadores y metas contenidas en los convenios de desempeño.

La verificación del cumplimiento de los indicadores, metas y resultados se efectuará como mínimo tres meses antes de la exigibilidad de la respectiva cuota a condonar.

 
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