Municipios
deberán
pignorar rentas de salud
LISTO DECRETO QUE PERMITE PRÉSTAMOS PARA REESTRUCTURACIÓN
DE HOSPITALES
Bogotá, 12 nov (SNE). El Ministerio de Hacienda expidió el
decreto 3690 por medio del cual autoriza la entrega de préstamos
condonables a las entidades territoriales, con el fin de adelantar
los programas de modernización y reorganización de
la red hospitalaria pública.
El decreto señala que con la modernización y organización
de la red hospitalaria, se busca garantizar el acceso e integralidad
en la prestación de los servicios de salud a la población
en condiciones de calidad y eficiencia en el uso de los recursos
públicos.
Entre las reestructuraciones están
contempladas acciones como las fusiones, los ajustes, las supresiones
o liquidaciones
de las instituciones prestadoras de los servicios de salud, pertenecientes
a la red.
Los créditos que entregue el Gobierno Nacional a los municipios
y gobernaciones deberán estar garantizados, mediante la
pignoración a favor de la Nación de las rentas que
del Sistema General de Participaciones se destinen a la salud.
A su vez el Ministerio de Protección Social suscribirá convenios
de desempeño con las entidades territoriales, donde se señalen
los compromisos de las partes, las metas y los responsables de
su ejecución, así como la forma de evaluación.
En el decreto se advierte que esos préstamos serán
condonados, siempre y cuando la respectiva entidad territorial
y la red hospitalaria cumplan varios parámetros.
Entre ellos están la flexibilización
de los costos fijos a partir de ajustes de las plantas de personal.
Un ajuste en los costos operacionales y
no operacionales de los servicios personales de la nómina
y un equilibrio operacional de las Instituciones Prestadoras
de los Servicios de Salud (IPS).
Así mismo deben cumplirse las metas de producción
de servicios ambulatorios, hospitalarios, de promoción y
de prevención de acuerdo con el portafolio de servicios.
También deberán implementar un sistema de seguimiento
y evaluación de la calidad, y llegar a la optimización
de los procesos de facturación y recaudo.
Finalmente tiene que diseñar formas de contratación
y pago consistentes con la cantidad y el valor de los servicios
efectivamente prestados.
Los indicadores y las metas que deberán cumplir las IPS
serán definidos por el Ministerio de la Protección
Social, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y
el Departamento Nacional de Planeación.
Uno de los parágrafos advierte que cuando en el diseño
y ajuste de la red de prestación de servicios en cada entidad
territorial se determine la necesidad de liquidar o fusionar instituciones,
los compromisos de esa IPS deberán asociarse a la ejecución
total y efectiva de los procesos de liquidación o fusión
establecidos en los convenios de desempeño.
Con el fin de verificar el cumplimiento
de los programas de reestructuración,
los ministerios de Hacienda y Protección y Planeación
Nacional constituirán un comité de seguimiento y
condonación, cuyos miembros serán designados por
los ministros.
Este comité será de tres miembros y será el
responsable de determinar el cumplimiento anual de los indicadores
y metas contenidas en los convenios de desempeño.
La verificación del cumplimiento de los indicadores, metas
y resultados se efectuará como mínimo tres meses
antes de la exigibilidad de la respectiva cuota a condonar.
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