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A Estados Unidos:

GOBIERNO CONCEDE SEIS EXTRADICIONES Y UN INDULTO

Bogotá, 24 (SNE).- El Gobierno Nacional concedió la extradición de seis colombianos a Estados Unidos, acusados de narcotráfico y lavado de dinero, según las resoluciones 240, 241, 248, 249, 250 y 251 del Ministerio del Interior y de Justicia.

A Diana María Quintero-Vargas y Germán Arturo Moreno Zulúaga, los solicita la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, por el delito federal de lavado de dinero y otros delitos relacionados.

Ricardo Restrepo Posada y Nohora James Rodríguez, están pedidos en extradición por la corte para el Distrito Este de Nueva York, por lavado de dinero y narcotráfico, respectivamente.

Y Ruperto Arturo Roldán Torres y José Antonio Celis, son pedidos en extradición por las Cortes para el Distrito de Columbia y Sur de Florida, también por narcotráfico.

Estas seis personas, tienen derecho a interponer dentro de los cinco días siguientes a su notificación, el recurso de reposición.

Y a través de las resoluciones 242, 244, 245 y 247, el Gobierno rechazo el recurso de reposición presentado por Winston Moreno Ibarguen, Glenis del Socorro Barrios, Hernán Uribe y Juan Carlos Sierra Ramírez, quienes están solicitados por las Cortes para el Distrito Sur de Florida, el Distrito Medio de Nueva Jersey y el Distrito de Columbia, por el delito de narcotráfico.

INDULTO

El Gobierno también concedió el beneficio de indulto a Ramón de Jesús Peña González, ex integrante de la Corriente de Renovación Socialista (CRS).

Según la resolución 243 del Ministerio del Interior y Justicia, Peña González cumplió con los requisitos establecidos en la ley para obtener el indulto, ya que en abril de 1994, en Flor del Monte (Sucre), el Gobierno suscribió el Acuerdo Político Final con la Corriente de Renovación, basado en “la decisión del grupo insurgente de hacer dejación de las armas, como demostración de inequívoca vocación de paz”.

El indulto, agrega la resolución, “quedará sin efecto alguno si el beneficiario cometiere cualquier delito doloso dentro de los dos años siguientes a su concesión”.

 
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