Septiembre de 2004

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
12
26
31
Será criterio para asignar saldos del Sistema General de Participaciones

A MÁS NIÑOS MATRICULADOS, MÁS PLATA

  • Un porcentaje de la asignación por alumno atendido, se girará para cada niño por atender.

Bogotá, 8 sep (SNE). El incremento de la matrícula oficial se convirtió en un criterio básico que el Gobierno tendrá en cuenta a la hora de definir qué tantos recursos del Sistema General de Participaciones (SGP), girará en cada vigencia a los entes territoriales para ampliar cobertura en educación preescolar, básica y media.

Así lo estableció el decreto 2833, medida que también contempla que, en consonancia con la Ley 715, la asignación para cada alumno por atender, se calculará como un porcentaje de la asignación por niño atendido y será fijado anualmente por la Nación.

El decreto explica que para asignar los saldos del SGP, el Conpes deberá establecer cada año cuál es el porcentaje de la población escolar que falta por atender y que, por lo tanto, propone para que ingrese al sistema educativo cuya financiación corre por cuenta de los recursos del Sistema General de Participaciones.

Cabe destacar que la prioridad al asignar los saldos, será para los entes territoriales que presenten incrementos en matrícula oficial, durante la vigencia en curso con respecto a la inmediatamente anterior.

Según la ministra de Educación, Cecilia María Vélez, los buenos resultados que ha obtenido la política de Revolución Educativa, obedecen en buena medida al uso eficiente de los recursos de las transferencias y a la puesta en marcha de una serie de instrumentos, como la distribución de recursos por niño atendido y ligada al incremento de la matrícula oficial.

“En dos años en cobertura hemos logrado cumplir con la mitad de la meta en educación preescolar, básica y media. Hemos llegado a 734 mil cupos. Habíamos planteado un millón 500 mil. Esto se ha hecho a través del uso eficiente de las transferencias. Pasamos a un sistema de distribución por niño atendido que estaba ya determinado en la Ley 715, pero que nosotros implementamos y que ha permitido hacer exigencias de las entidades territoriales, sobre una responsabilidad en la distribución de las transferencias”, dijo.

Y agregó: “Las transferencias no estaban ligadas a la matrícula. Casi que era un incentivo no aumentar la matrícula. Entre más pobre y menos cobertura tengo, más plata me dan. En este momento los recursos se están distribuyendo por el aumento y el esfuerzo que haga cada entidad territorial para aumentar la matrícula. Esto en términos de la cobertura ha permitido llegar a donde estamos”.

Cabe recordar que, según la Ley 715, los llamados “recursos de saldos” del Sistema General de Participaciones, se refieren a aquellos que, por diversas circunstancias, en una vigencia se giran en exceso a determinado ente territorial, los cuales en la siguiente vigencia se deducen y se redistribuyen, tarea que compete al Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes).

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA