Septiembre de 2004

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
12
26
31
Tarifa general subirá del 16 al 17 por ciento

GOBIERNO RADICARÁ ESTE MIÉRCOLES PROYECTO DE REFORMA TRIBUTARIA

Bogotá, 14 sep. (SNE). - El Gobierno radicará este miércoles en el Congreso de la República el proyecto de reforma tributaria con el cual pretende recaudar 1,5 billones de pesos.

Sobre los puntos principales de la mencionada reforma el Ministerio de Hacienda expidió el siguiente comunicado:

COMUNICADO DE PRENSA

Proyecto de Ley para Financiamiento Social será radicado este miércoles

Bogotá, 14 de septiembre de 2004. El gobierno nacional anunció que este miércoles 15 de septiembre será radicado el Proyecto de Ley para el Financiamiento Social, el cual fue ampliamente discutido con las diferentes bancadas políticas del país.

El texto que el gobierno pondrá a consideración del Congreso es necesario para atender la creciente carga pensional, que tal como está establecido en la Constitución es una deuda sagrada.

Este proyecto se presenta como mecanismo para financiar el presupuesto complementario de 2005 por un monto de $1,5 billones.

Producto de la iniciativa presidencial trascurrieron prácticamente dos meses de discusiones e intenso diálogo, al cabo del cual el gobierno decidió incorporar algunas recomendaciones adicionales a su propuesta original presentada para el debate público.

En consecuencia los principales componentes del proyecto son:

Modificaciones en el impuesto sobre las Ventas


a) Unificación de tarifa al 3% para bienes y servicios excluidos y exentos
b) Unificación de tarifa del 10% al 12%
c) Paso del IVA del 16% al 17%

Modificaciones en el impuesto sobre la Renta

a) Se establece impuesto sobre la renta para las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales, así como las indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional, que se consideran rentas exclusivas de trabajo, asimiladas a salarios. El gravamen se aplicará mediante el mecanismo de retención en la fuente.

b) Unificación del tratamiento como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, de los pagos por salud y educación para trabajadores y pensionados, para efectos de la retención en la fuente y como deducción para los declarantes del impuesto sobre la renta.
c) Modificación en el tratamiento de los aportes voluntarios a los fondos de pensiones y a las cuentas AFC, los cuales continuarán con el beneficio siempre y cuando se destinen exclusivamente a pensiones o a la adquisición de vivienda respectivamente.

d) Reducción de la tarifa del impuesto sobre la renta y ganancias ocasionales a partir del año gravable 2008, al 32%.


Modificaciones en el impuesto al patrimonio

Disminución base impuesto patrimonio a $1.000 millones

Modificaciones en el procedimiento tributario

a) Validez de la dirección única a través del RUT, para efectos tributarios.
b) Sanciones pecuniarias para la no inscripción oportuna o no actualización del RUT.
c) Devolución de dos puntos del IVA para adquisición de bienes y servicios gravados con la tarifa general y la del 12%. .

TOTAL ARTÍCULOS 5 (CINCO)

1 Bienes y servicios excluidos; bienes y servicios excluidos y exentos gravados al 3%, incremento de tarifa de bienes y servicios del 10% al 12%
1 impuesto renta (incluye impuesto de renta para pensiones)
1 impuesto patrimonio
1 Normas de procedimiento
1 derogatorias

Bienes y servicios excluidos de IVA

  • Huevos con cáscara frescos, conservadas o cocidos
  • Papa
  • Tomate ( frescos o refrigerados)
  • Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados
  • Repollo fresco o refrigerado
  • Lechugas achicorias,
  • Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas.
  • Hortalizas aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas, conservadas provisionalmente
  • Garbanzo
  • Lentejas
  • Habas
  • Raíces de yuca, arracacha, ñame y ullucos, frescos, refrigerados, congelados o secos
  • Bananas o plátanos, frescos o secos
  • Mango
  • Guayaba
  • Naranja
  • Piña
  • Mandarina
  • Limón
  • Mora
  • Ahuyama y Cilantro
  • Arroz blanqueado, pulido, elaborado o semielaborado
  • Chancaca (panela, raspadura), obtenida de la extracción y evaporización en forma artesanal de los jugos de caña de azúcar en trapiches paneleros
  • Bienestarina
  • Pan
  • Agua ordinaria para servicio público domiciliario de acueducto
  • Sal (incluida la de mesa y la desnaturalizada), agua de mar
  • Energía eléctrica
  • Sangre humana.
  • Preservativos
  • Cuadernos de tipo escolar
  • Monedas de curso legal
  • Armas de guerra, excepto los revólveres, pistolas y armas blancas
  • Gas propano para uso doméstico
  • Gas natural
  • El servicio de transporte público, de personas y el de transporte público o privado de carga.
  • El transporte de gas.
  • Los intereses y rendimientos financieros.
  • Los servicios públicos de energía, acueducto y alcantarillado, aseo público, recolección de basuras y gas domiciliario.
  • El servicio de arrendamiento de inmuebles para vivienda
  • Los servicios de educación
  • Los planes obligatorios de salud del sistema de seguridad social en salud
  • Las comisiones por intermediación por la colocación de los planes de salud del sistema general de seguridad social en salud
  • Reaseguros y comisiones por corretaje de reaseguros.
  • Las comisiones y cuotas de manejo percibidas del tarjetahabiente, por la utilización de tarjetas crédito y débito.
  • Las importaciones de bienes y equipos para la seguridad nacional con destino a la fuerza pública.
Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA