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Sanción a quien no actualice el Registro Único Tributario, RUT

DOS PUNTOS DE IVA SE DEVOLVERÁN POR COMPRAS CON 12 Y 17% DE IVA

Bogotá, 15 sep. (SNE). - La devolución de dos puntos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado sobre las compras efectuadas de bienes gravados con tarifas del 12 y del 17 por ciento y pagados con tarjetas débito y crédito, fue propuesta por el Gobierno en el proyecto de reforma tributaria.

En el proyecto radicado este miércoles por el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, en la Secretaría General de la Cámara de Representantes, se propone descontar dos puntos del IVA que paguen los consumidores, de bienes que –de acuerdo con la iniciativa- pasarían del 10 al 12 por ciento y los que subirían del 16 al 17 por ciento.

Esas devoluciones se aplicarían siempre y cuando el consumidor pague esas compras con tarjetas débito y crédito.

Según cálculos efectuados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, esas devoluciones significarán giros de cerca de 100 mil millones de pesos por año.

Actualmente la DIAN devuelve dos puntos de IVA a los consumidores que compren bienes o servicios gravados con un 16 por ciento y paguen con tarjetas débito y crédito. Por este motivo ya se han devuelto 45 mil millones de pesos.

EL RUT

Con respecto a la inscripción obligatoria en el Registro Único Tributario (RUT) establecido por la pasada reforma tributaria o Ley 863 de 2003, el proyecto radicado hoy propone sancionar a quien no lo haga.

Quien no se inscriba en el RUT o actualice la información será sancionado con una multa pecuniaria de 100 mil pesos.

Cuando la inscripción o actualización se realice de oficio, se aplicará una sanción de 200 mil pesos.

Según el director de la DIAN, Mario Alejandro Aranguren, la inscripción en el RUT deben hacerlo todos los obligados a presentar declaraciones y a pagar los Impuestos Nacionales. También deberán inscribirse los exportadores y vendedores.

El RUT es el primer paso para adquirir identidad tributaria, similar a la que se obtiene cuando se recibe la Cédula de Ciudadanía que acredita la nacionalidad colombiana y con la cual se le confieren deberes y derechos a los ciudadanos. Con el RUT y la consecuente asignación del Número de Identificación Tributaria NIT se acredita la calidad de contribuyente, no contribuyente, declarante, usuario aduanero, entre otras.

También deben inscribirse los nuevos obligados a presentar declaración de renta; los responsables del Régimen Simplificado del Impuesto sobre las Ventas; los trabajadores independientes que celebren contratos de prestación de servicios.

El RUT permitirá conocer entre otros datos los nombres, apellidos o razón social del contribuyente o usuario aduanero o cambiario, su número de identificación tributaria NIT, su domicilio y ubicación (administración, departamento, municipio, dirección, teléfonos, apartado aéreo), la descripción del tipo de contribuyente, la actividad económica, las responsabilidades y demás información inherente a su actividad.

Aquellas personas que desarrollen actividades económicas que requieran registro ante las Cámaras de Comercio, es decir, que estén obligadas a efectuar el Registro Mercantil, deben inscribirse en el RUT simultáneamente con la inscripción en dicha entidad y con el fin de obtener el NIT, el cual debe estar incluido en los certificados de existencia y representación legal y en los de matrícula mercantil.

La inscripción en el RUT debe hacerse en todas las Administraciones de Impuestos del territorio nacional. En Bogotá puede dirigirse a la Administración de Impuestos de Personas Naturales en la Calle 75 15-43, teléfono: 3170707 o en la Administración de Impuestos de Personas Jurídicas en la Carrera 6ª 15-32, teléfono: 3433000. Para mayor información consulte la página www.dian.gov.co

La inscripción en el Registro Único Tributario no tiene costo.

Para inscribirse sólo necesita una fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, si es persona natural. Si se trata de una persona jurídica deberá allegar certificado de Constitución y Gerencia y fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante legal. Una vez diligenciado el formulario del RUT, debe tomar una fotocopia de dicho formulario y entregarlo en la ventanilla de radicación.

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