Ordena decreto del Gobierno
COOPERATIVAS DE TRABAJO DEBERÁN COTIZAR MÍNIMO
SOBRE UN SALARIO A SEGURIDAD SOCIAL
Bogotá, 18 sep. (SNE). - Las cooperativas y precooperativas
de trabajo asociado deberán efectuar obligatoriamente los
aportes al sistema integral de seguridad social de sus asociados.
Así lo decidió el Gobierno a través del decreto
2996 del 16 de septiembre expedido por el Ministerio de la Protección
Social y firmado por el presidente de la República, Álvaro
Uribe Vélez, que entrará en vigencia a partir del
1° de noviembre de 2004.
La norma señala que las cooperativas y precooperativas
de trabajo asociado deberán pagar los aportes a salud, pensiones,
riesgos profesionales y los aportes parafiscales al Sena, el Bienestar
Familiar y a las cajas de compensación familiar.
El decreto señala que en ningún caso la base de
cotización podrá ser inferior a un salario mínimo
legal mensual vigente.
También deberán tenerse en cuenta las compensaciones
ordinarias permanentes y las que en forma habitual y periódica
recibe cada trabajador asociado a la cooperativa.
Con esta medida el Gobierno garantiza la
protección de
miles de personas que están afiliadas como socios a las
cooperativas o precooperativas de trabajo asociado y su afiliación
a la seguridad social, en forma obligatoria.
El decreto 2996 derogó el decreto 2879 expedido el pasado
7 de septiembre, en el que se daban instrucciones sobre las medidas
que en materia de evasión y de aportes a la seguridad social,
tienen que hacer las cooperativas y precooperativas de trabajo
asociado.
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