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Ordena decreto del Gobierno

COOPERATIVAS DE TRABAJO DEBERÁN COTIZAR MÍNIMO SOBRE UN SALARIO A SEGURIDAD SOCIAL

Bogotá, 18 sep. (SNE). - Las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado deberán efectuar obligatoriamente los aportes al sistema integral de seguridad social de sus asociados.

Así lo decidió el Gobierno a través del decreto 2996 del 16 de septiembre expedido por el Ministerio de la Protección Social y firmado por el presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, que entrará en vigencia a partir del 1° de noviembre de 2004.

La norma señala que las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado deberán pagar los aportes a salud, pensiones, riesgos profesionales y los aportes parafiscales al Sena, el Bienestar Familiar y a las cajas de compensación familiar.

El decreto señala que en ningún caso la base de cotización podrá ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.

También deberán tenerse en cuenta las compensaciones ordinarias permanentes y las que en forma habitual y periódica recibe cada trabajador asociado a la cooperativa.

Con esta medida el Gobierno garantiza la protección de miles de personas que están afiliadas como socios a las cooperativas o precooperativas de trabajo asociado y su afiliación a la seguridad social, en forma obligatoria.

El decreto 2996 derogó el decreto 2879 expedido el pasado 7 de septiembre, en el que se daban instrucciones sobre las medidas que en materia de evasión y de aportes a la seguridad social, tienen que hacer las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado.

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