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Sanciona el presidente Uribe

SANCIONADA NUEVA LEY DE EMPLEO PÚBLICO Y CARRERA ADMINISTRATIVA

  • Privilegia el mérito profesional y las calidades personales.

Bogotá, 23 sep (SNE). Alrededor de 300 mil servidores del Estado cuentan a partir de este miércoles con una nueva ley de empleo, carrera administrativa y gerencia pública, que privilegiará el mérito profesional y las calidades personales, dejando de lado la politiquería y la corrupción en la promoción del empleo público.

La nueva Ley que fue sancionada por el presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, fue aprobada por el Congreso durante la última legislatura, y diseñada e impulsada por el Departamento Nacional de Planeación y por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

Merced a esta nueva Ley, los ciudadanos podrán acceder al empleo público demostrando sus méritos sin necesidad de que haya injerencia política, y los servidores actuales podrán garantizar la permanencia en sus puestos gracias a un buen desempeño profesional.

El sistema que empezará a regular el empleo de los servidores del Estado, tanto del orden nacional como del territorial, establece la forma de acceso, vinculación, permanencia, ascenso y retiro de los funcionarios.

La nueva ley reactiva la carrera administrativa que estaba congelada desde hace 5 años, y permite el acceso de cualquier ciudadano calificado a puestos del Estado.

Los principios orientadores del proyecto se concretan en tres pilares fundamentales: 1) Acceso al empleo público con fundamento en el principio del mérito, las calidades personales y la capacidad profesional. 2) Permanencia con fundamento exclusivo en el mérito y el desempeño. Y 3) Capacitación.

Entre los temas que se incorporaron en el proyecto figuran:

MODELO DE GERENCIA PÚBLICA: Se incorpora el modelo de Gerencia Pública como mecanismo para vincular, bajo el principio del mérito, a los directivos del Estado, respetando la naturaleza de los empleos.

ACUERDOS DE GESTIÓN: Al posesionarse, el Gerente Público, aunque de libre nombramiento y remoción, suscribirá un acuerdo de gestión con el cual se compromete con acciones y metas concretas en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de las metas institucionales.

COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC): Se constituye este órgano, como garante del principio del mérito.

DISTINTAS MODALIDADES DE LA JORNADA LABORAL: Empleos de tiempo completo como regla general, pero la posibilidad de empleos de medio tiempo en casos excepcionales y en atención a las necesidades específicas del servicio.

ESPECIFICIDAD DE LOS ENTES TERRITORIALES: El tipo, número y carácter de las pruebas de selección se aplicarán teniendo en cuenta las especificidades del nivel territorial.

PUBLICIDAD DE LOS CONCURSOS A TRAVÉS DEL GOBIERNO EN LÍNEA: Publicidad de todas las convocatorias a través de las páginas Web de cada entidad, de las firmas contratantes, de la página Web del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

UNIFICACIÓN DE NOMENCLATURAS: Estandarización de niveles, nomenclaturas y grados salariales para toda la Administración Pública, en los niveles nacional y territorial, a efectos de facilitar la movilidad entre funcionarios de diferentes órdenes y niveles.

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