Como consecuencia
de las restricciones al ingreso de azúcar
POR INCUMPLIMIENTO DE TRATADO COLOMBIA
APLICARÁ ARANCELES
A CHILE
Bogotá, 27 sep (SNE). Como consecuencia del incumplimiento
por parte de Chile al Acuerdo de Complementación Económica
suscrito con Colombia en el tema de exportaciones de azúcar
y mezclas de azúcar, el Gobierno Nacional decidió aplicar
los aranceles a los productos australes.
Por eso ahora, manzanas, peras, uvas, vehículos automotores
para el transporte de mercancías, vinos, cigarrillos de
tabaco rubio y algunas preparaciones para la elaboración
de bebidas, procedentes de Chile, tendrán que pagar aranceles
que van del 10 al 35 por ciento.
La historia comenzó en el 2002, cuando el Gobierno de Chile
reclasificó las mezclas de azúcar dejándolas
sometidas al sistema chileno de bandas de precios, desconociendo
que ya se beneficiaban de una preferencia bilateral del 100 por
ciento, en virtud del Acuerdo suscrito entre los dos países
en 1993.
El Gobierno colombiano acudió al procedimiento de solución
de controversias fijado en el Acuerdo, y el Grupo Arbitral pidió a
las autoridades de comercio de Chile restituir las condiciones
de acceso vigentes, como eran el arancel cero y la exclusión
del sistema de banda de precios, dando la razón a Colombia.
No obstante, tres meses después de haber quedado en firme
la Resolución del Grupo Arbitral, Chile no ha adoptado las
medidas para dar cumplimiento al fallo, por lo que Colombia fue
autorizada a suspender las concesiones arancelarias otorgadas al
amparo del Acuerdo.
Así, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios
y de Comercio Exterior –Triple A–, decidió aplicar
los siguientes gravámenes arancelarios:
Vehículos automotores para el transporte de mercancías,
con émbolo o pistón, de encendido por comprensión
(Diesel o semi-Diesel), de peso total con carga máxima inferior
a 10 mil libras americanas, 35 por ciento; vinos en recipientes
con capacidad inferior o igual a 2 litros y cigarrillos de tabaco
rubio, 20 por ciento; manzanas, peras y uvas frescas, 15 por ciento,
y las demás preparaciones compuestas cuyo grado alcohólico
volumétrico sea inferior o igual a 0,5 por ciento de volumen
para la elaboración de bebidas, 10 por ciento.
Esta decisión se adoptó luego de considerar que
dentro de las importaciones que Colombia realiza de Chile, están
varios bienes finales cuyo impacto sobre el consumo es mínimo,
dado que se cuenta con producción nacional de bienes similares
o sustitutivos y, además, con terceros abastecedores, como
es el caso de las frutas, los vinos, los cigarrillos y los vehículos.
De acuerdo con el viceministro de Comercio
Exterior, Juan Ricardo Ortega, para Colombia es de gran trascendencia
que Chile restituya
las condiciones de acceso para el azúcar y mezclas de azúcar,
pues de este acceso dependen las exportaciones a precios razonables,
que son a su vez el mejor incentivo para que se deje de derretir
azúcar para producir panela.
“La recuperación del mercado nacional panelero es
prioritario, ya que cerca de 350 mil familias derivan sus ingresos
de esta industria”, puntualizó el viceministro.
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