Establece el decreto 961 de 2005
FONADE PODRÁ ASOCIARSE CON PRIVADOS PARA EJECUTAR
PROYECTOS TURÍSTICOS
Bogotá, 4 abr (SNE). En adelante el Fondo Financiero
de Desarrollo de Proyectos (Fonade) podrá asociarse
con personas privadas o cualquier tipo societario, con
el fin de promover, fomentar y ejecutar proyectos de
desarrollo turístico con beneficios económicos
y sociales.
Así lo estableció el decreto 961 de 2005,
el cual autoriza a Fonade esta nueva operación,
a la vez que establece las siguientes condiciones:
El límite máximo de recursos que Fonade
puede destinar como aporte de capital en empresas, no
podrá ser superior al 25 por ciento de su patrimonio
total, sin tener en cuenta el superávit por inflación.
El monto máximo de recursos que Fonade podrá destinar
a cada uno de los aportes de capital en empresas, no
podrá exceder el 50 por ciento del límite
señalado en el artículo anterior, salvo
que la Junta Directiva del Fondo, por unanimidad de sus
miembros, apruebe una participación superior.
La participación máxima de Fonade, no
podrá exceder del 49 por ciento del valor patrimonial
de las empresas beneficiarias de aporte de capital, salvo
que la Junta Directiva del Fondo apruebe, por unanimidad,
una participación superior.
El valor patrimonial de las empresas
se establecerá deduciendo
el 50 por ciento de la cuenta de valorización
de propiedades y equipos o su equivalente, registrado
el mes inmediatamente anterior a la realización
del aporte de capital, de acuerdo con las normas que
establezca la Junta Directiva de Fonade, en materia de
presentación y revelación de estados financieros.
Para la constitución o selección de las
empresas beneficiarias de aportes de capital, Fonade
deberá tener en cuenta los siguientes criterios
de evaluación:
Justificación de la viabilidad técnica,
financiera, ambiental y social de la empresa.
Definición de las operaciones de disposición
o enajenación de las inversiones de Fonade en
las empresas y la continuidad de los mismos.
La participación de Fonade en las empresas beneficiarias
de aporte de capital, cesará una vez éstas
logren, a juicio del Fondo, niveles aceptables de competitividad
y solidez patrimonial.
Las empresas beneficiarias de
aportes de capital no podrán recibir recursos de crédito provenientes
de Fonade, mientras se mantenga su participación
en el capital de la empresa.