Abril de 2005

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Para agilizar reconstrucción de zona afectada por el invierno

DECLARADA SITUACIÓN DE DESASTRE EN 5 MUNICIPIOS DE SANTANDER

Bogota, 5 abr. (SNE).- Con el propósito de agilizar los procesos de rehabilitación y reconstrucción del área afectada por el invierno, el Gobierno Nacional declaró la existencia de una situación de “desastre departamental” en los municipios santandereanos de Bucaramanga, Girón, Lebrija, San Vicente de Chucurí y Landázuri.

La medida, adoptada por el Ministerio del Interior y de Justicia a través del decreto 1012 de 2005, permitirá desarrollar una serie de instrumentos legales que permiten generar acciones coordinadas tendientes a conjurar la crisis y procurar la rehabilitación y recuperación de la zona afectada.

Según explica el decreto, “declarada una situación de desastre se aplica un régimen normativo especial que contempla disposiciones excepcionales en materia de contratos, control fiscal de recursos, adquisición y expropiación, ocupación temporal y demolición de inmuebles, imposición de servidumbres, solución de conflictos, moratoria o refinanciación de deudas, incentivos de diverso orden para la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo, administración y destinación de donaciones y autorización, control, vigilancia e inversión de bienes donados”.

De igual manera permitirá dar aplicación a las normas relacionadas con “trámite aplicable a las importaciones de las donaciones destinadas a los damnificados en situaciones de desastre”.

El Gobierno recordó que en la actualidad existe una política de vivienda de interés social para casos de desastre natural, que requiere de la declaratoria expresa de la situación de desastre para su aplicación.

Indica asimismo que es del interés del Gobierno, “agilizar los procesos de rehabilitación y reconstrucción, de tal manera que se realice en el menor tiempo posible el tránsito de la fase de atención de la emergencia hacia la fase de recuperación del área afectada”.

El decreto ordena que la Dirección de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia, elabore un plan de acción específico para el manejo de la situación de desastre, que será de obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas y privadas que deban contribuir a su ejecución.

Deberán participar en la ejecución de las labores tendientes a recuperar y rehabilitar la zona afectada las entidades públicas y privadas integrantes del sistema nacional para la prevención y atención de desastres y del sistema nacional ambiental, así como las entidades públicas del orden nacional de carácter financiero.

El decreto establece que las cajas de compensación familiar podrán efectuar donaciones y vincularse a los proyectos y programas de vivienda.

Entre las razones que tuvo el Gobierno para tomar la medida está el hecho de que hayan sucedido en la zona lluvias torrenciales que han generado inundaciones, erosión y avalancha, con pérdida de vidas humanas y recursos económicos.

El Ideam ha reportado precipitaciones continúas desde el 8 de febrero de 2005.

De acuerdo con el censo efectuado por el Comité Regional y los Comités Locales de Santander, en el área se registraron 32 personas muertas, 98 personas heridas, 12 personas desaparecidas, 50.070 personas afectadas, 10.097 familias afectadas, 4.991 viviendas destruidas, 2.531 viviendas averiadas y gran afectación de la infraestructura vial y de servicios públicos.

Para efectos del decreto, el término “desastre” se define como “el daño grave o la alteración grave de las condiciones normales de vida en un área geográfica determinada, causada por fenómenos naturales y por efectos catastróficos de la acción del hombre en forma accidental, que requiere por ello de la atención especial de los organismos del Estado y de otras entidades de carácter humanitario o de servicio social”.

La situación de desastre debe ser declarada mediante decreto presidencial hasta tres meses después de haber ocurrido los hechos que la constituyen, clasificando su magnitud y efectos, previo concepto del Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.

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