“ASPIRACIÓN DE JAPÓN
A CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU ES JUSTA”: URIBE
Tokio (Japón), 12 abr (SNE). El presidente Álvaro
Uribe Vélez afirmó que la aspiración
de Japón a convertirse en un miembro permanente
del Consejo de Seguridad de la Organización de
Naciones Unidas (ONU), es justa.
Antes de partir hacia Beijing
(China), el Jefe de Estado concedió una rueda de prensa al finalizar su visita
al Japón y entregó un positivo balance
de la gira que efectuó durante tres días.
Ante una pregunta de un periodista
japonés sobre
cuál era la posición de Colombia frente
a la aspiración de Japón, el Mandatario
colombiano respondió:
“Miro de la manera más positiva la aspiración
de Japón a ser miembro permanente del Consejo
de Seguridad de las Naciones Unidas. Esa es una aspiración
totalmente justa. Puede ser compatible con una aspiración
latinoamericana para tener también un miembro
permanente en el Consejo de Seguridad.
En Colombia para decisiones finales
en estas materias tenemos que agotar los procesos de
nuestro ordenamiento
político”.
El Consejo de Seguridad de la
ONU tiene 15 miembros, 5 de ellos con carácter permanente (China, Francia,
Rusia, Reino Unido y Estado Unidos) y 10 elegidos por
la Asamblea General para un período de 2 años.
Los 10 no permanentes son: Argentina,
Benin, Brasil, Dinamarca, Grecia, Japón, Filipinas, Rumania,
República Unida de Tanzania y Argelia.
Precisamente Japón comenzó su período
de 2 años el pasado 1° de enero de 2004, como
miembro no permanente.
Cada miembro del Consejo tiene
un voto. Las decisiones sobre cuestiones de procedimientos
son tomadas por el
voto afirmativo de nueve de los 15 miembros. Las decisiones
sobre todas las demás cuestiones por el voto afirmativo
de nueve miembros, incluso los votos afirmativos de los
cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad.
De acuerdo con la Carta de la ONU, las funciones de
ese Consejo de Seguridad son:
- Mantener la paz y la seguridad
internacionales de conformidad con los propósitos
y principios de las Naciones Unidas;
- Investigar toda controversia
o situación que
pueda crear fricción internacional;
- Recomendar métodos de
ajuste de tales controversias, o condiciones de arreglo;
- Elaborar planes para el establecimiento de un sistema
que reglamente los armamentos;
- Determinar si existe una amenaza
a la paz o un acto de agresión y recomendar qué medidas
se deben adoptar;
- Instar a los Miembros a que
apliquen sanciones económicas
y otras medidas que no entrañan el uso de la fuerza,
con el fin de impedir o detener la agresión;
- Emprender acción militar
contra un agresor;
- Recomendar el ingreso de nuevos Miembros;
- Ejercer las funciones de administración fiduciaria
de las Naciones Unidas en "zonas estratégicas";
- Recomendar a la Asamblea General
la designación
del Secretario General, y junto con la Asamblea, elegir
a los miembros de la Corte Internacional de Justicia.
El Consejo de Seguridad está organizado de modo
que pueda funcionar continuamente. Un representante de
cada uno de sus miembros debe estar presente en todo
momento en la Sede de las Naciones Unidas. El Consejo
se puede reunir también fuera de la Sede. En 1972,
por ejemplo, se reunió en Addis Abeba (Etiopía)
y, al año siguiente, en la ciudad de Panamá (Panamá).