Abril de 2005

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GOBIERNO REGLAMENTA CATEGORIZACIÓN DE HOTELES POR ESTRELLAS

Bogotá, 14 abr (SNE). Los hoteles que operan en Colombia y que utilizan las estrellas como forma de mostrar la calidad de los servicios que prestan, deberán certificarse. De esta forma, el Gobierno busca evitar que los usuarios terminen pagando por una calidad o cobertura del servicio que no ofrece el establecimiento.

La medida fue adoptada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a través de la Resolución 0657 del 8 de abril de 2005, que reglamenta la categorización de los hoteles por el número de estrellas

Aunque la certificación no es obligatoria, el no obtenerla en el término de un año, a partir de la fecha de expedición de la Resolución, impedirá a los hoteles utilizar en su publicidad la categorización por estrellas.

Los establecimientos que sigan utilizando este mecanismo sin cumplir con la normativa podrán ser investigados y sancionados por parte de la Dirección de Turismo del Ministerio.

Por el contrario, los hoteles certificados deberán utilizar en su publicidad, de manera visible, legible e indeleble, el número de estrellas otorgadas en la certificación de la mencionada norma técnica sectorial, en la modalidad respectiva.

La resolución del Ministerio también establece que el Certificado debe ser expedido por un organismo debidamente acreditado por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Adicionalmente, determina que los hoteles que inicien el proceso de certificación contarán con un apoyo económico del Ministerio, para lo cual se destinarán el 40 por ciento de los recursos parafiscales provenientes del Fondo de Promoción Turística.

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