Arrancará el 22 de mayo y durará 4
meses
MULTA HASTA POR $20 MLLONES A QUIEN OBSTACULICE EL CENSO
Bogotá, 15 abr. (SNE). - Las personas naturales
o jurídicas que obstaculicen la realización
del Censo General 2005 o que incumplan con sus obligaciones
legales de suministrar información veraz, exacta
y completa y de permanecer en el hogar durante el tiempo
que sea necesario, serán multadas por el Departamento
Nacional de Estadísticas (DANE).
De acuerdo con el decreto 1100
del 12 de abril de 2005, a través del cual se declaró el año
censal del 22 de mayo de 2005 al 22 de mayo de 2006,
se autorizó al DANE a establecer sanciones económicas
que pueden estar entre 1 y 50 salarios mínimos,
es decir entre 381.500 pesos y 19 millones de pesos.
El Censo General arrancará el domingo 22 de mayo
en seis municipios del país: Piojó (Atlántico);
Oiba (Santander) Jericó (Antioquia); Viterbo (Caldas);
Chocontá (Cundinamarca) y Buenos Aires (Cauca).
En forma masiva comenzará el 3 de agosto en 374
municipios del país.
El período de recolección de la información
durará cuatro meses y en cada hogar el encuestador
va a demorar 18 minutos en promedio.
La Policía será la encargada de cerrar
el barrio o la zona en la ciudad donde el DANE informe
que va a efectuar el censo. Nadie podrá ingresar
o salir durante el tiempo que dure y para presentar como
justificación al sitio de trabajo o a los colegios
por la ausencia, se entregará un certificado.
Habrá dos clases de cuestionarios: uno general
que se aplicará a todos los hogares y uno ampliado
que se presentará a cerca de un millón
200 mil hogares.
En el Censo no se podrán hacer ninguna clase
de preguntas sobre convicciones religiosas, ideológicas
o de opinión.
CONFIDENCIALIDAD
El decreto señala que los datos del Censo únicamente
se podrán dar a conocer en resúmenes numéricos
que no hagan posible deducir información alguna
de carácter individual que pueda ser utilizada
para fines comerciales, de tributación fiscal,
de investigación judicial o de cualquier otro
tipo diferente al eminentemente estadístico.
El Director de la entidad está en la obligación
de adoptar las previsiones necesarias para preservar
la confidencialidad de los datos recolectados en desarrollo
del Censo.
El personal que intervenga tanto
en la recolección
como en el procesamiento de la información, está en
la obligación de guardar estricta reserva sobre
la misma, los datos parciales, provisionales o totales.
Los resultados generales del
Censo 2005 se conocerán
en la primera semana de enero de 2006 y los definitivos
discriminados el 22 de mayo de 2006.
El Censo General investigará los temas de población,
vivienda, establecimientos de comercio, de industria
y servicios y de explotaciones agropecuarias, mediante
la aplicación de formularios diferentes.
Es obligación de todas las personas naturales,
jurídicas, nacionales o extranjeras, domiciliadas
o residentes en Colombia, permanecer en sus hogares durante
las horas y en los días que se determine.
Están igualmente obligadas las personas a suministrar
la información en forma veraz, exacta y completa.