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GOBIERNO LIMITA IMPORTACIÓN DE ACEITES Y MARGARINAS

Bogotá, 20 abr. (SNE).- El Gobierno Nacional limitó, durante seis meses, la entrada al país de aceites y margarinas provenientes de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).

De acuerdo con el decreto 1141 del 14 de abril de 2005, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, previa recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, determinó pasar al régimen de Licencia Previa el aceite de soya refinado, el aceite de girasol o cártamo refinado, las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas y la margarina.

En tal sentido, se establece un contingente de un millón 843.285 litros para los aceites y de 186.285 kilos para la margarina. Es decir, ese será el tope máximo que se podrá importar durante el próximo semestre.

De acuerdo con la norma, el 80 por ciento de los cupos que se otorguen serán distribuidos por el Comité de Importaciones del Ministerio, entre los importadores tradicionales en los últimos tres años, de acuerdo a la participación que hayan tenido.

En otras palabras, si el interesado ha sido importador de estos productos durante los últimos tres años, tiene mayor posibilidad de importar y su cupo dependerá de las compras que haya hecho en este período.

El Gobierno aclara que las mercancías que hayan sido embarcadas antes de la entrada en vigencia del decreto, no requieren modificación de régimen para su nacionalización ni forman parte de los cupos establecidos.

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