GOBIERNO LIMITA
IMPORTACIÓN DE
ACEITES Y MARGARINAS
Bogotá, 20 abr. (SNE).- El Gobierno Nacional
limitó, durante seis meses, la entrada al país
de aceites y margarinas provenientes de los países
miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).
De acuerdo con el decreto 1141
del 14 de abril de 2005, el Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo, previa
recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros,
Arancelarios y de Comercio Exterior, determinó pasar
al régimen de Licencia Previa el aceite de soya
refinado, el aceite de girasol o cártamo refinado,
las mezclas o preparaciones alimenticias de grasas y
la margarina.
En tal sentido, se establece
un contingente de un millón
843.285 litros para los aceites y de 186.285 kilos para
la margarina. Es decir, ese será el tope máximo
que se podrá importar durante el próximo
semestre.
De acuerdo con la norma, el 80
por ciento de los cupos que se otorguen serán distribuidos por el Comité de
Importaciones del Ministerio, entre los importadores
tradicionales en los últimos tres años,
de acuerdo a la participación que hayan tenido.
En otras palabras, si el interesado
ha sido importador de estos productos durante los últimos tres años,
tiene mayor posibilidad de importar y su cupo dependerá de
las compras que haya hecho en este período.
El Gobierno aclara que las mercancías que hayan
sido embarcadas antes de la entrada en vigencia del decreto,
no requieren modificación de régimen para
su nacionalización ni forman parte de los cupos
establecidos.