No
hay cambios frente a texto aprobado en Comisión
Primera
RADICAN PONENCIA PARA SEXTO DEBATE A
REFORMA PENSIONAL
Bogotá, 27 abr. (SNE). - La ponencia para arrancar
el sexto debate del proyecto de reforma pensional por
medio del cual se le da más estabilidad financiera
y equidad al sistema de jubilación colombiano,
fue radicada en la noche del 26 de abril.
Los ponentes del proyecto, coordinados
por el representante Javier Ramiro Devia, entregaron
el texto para que sea
estudiado por la Plenaria de la Cámara de Representantes
la próxima semana.
En este texto se acogen todos
los cambios que fueron aprobados por la Comisión Primera de la Cámara
el pasado 20 de abril.
Por tratarse de una iniciativa
que reforma la Constitución
debe ser aprobada en 8 debates, cuatro se deben dar en
un período de sesiones y los otros 4 en el siguiente.
El pasado 20 de abril se efectuó el quinto debate
en la Comisión Primera de la Cámara y la
próxima semana podrá pasar al sexto debate
en la Plenaria de la Cámara. De ser aprobado allí le
faltarían dos debates, uno en la Comisión
Primera del Senado y otro en la Plenaria del Senado.
En la primera vuelta (los primeros
cuatro debates) la aprobación de un artículo o parágrafo
se conseguía con el voto de la mitad más
uno de los asistentes a la sesión del día.
Ahora será aprobado con votación calificada,
es decir, con el voto de la mitad más uno de todos
los integrantes que tiene la Comisión o la Plenaria.
En la Plenaria de la Cámara hay 166 miembros y
se requiere la mitad más uno de ellos.
Después pasa a la Comisión Primera del
Senado que cuenta con 19 parlamentarios y por último
a la plenaria del Senado que cuenta con 102 senadores.
Todos estos debates deben darse
antes del 20 de junio cuando acaba el período
legislativo ordinario, pues no puede ser tratado en
sesiones extraordinarias.
LOS CAMBIOS
El proyecto solo consta de dos
artículos, pero
el primero tiene 7 incisos, dos parágrafos y cuatro
parágrafos transitorios.
Los puntos principales del proyecto son:
- A partir de la vigencia de
esta reforma no habrá regímenes
especiales de pensión, con excepción del
aplicado a los miembros de la Fuerza Pública y
el Presidente de la República.
- Desde cuando sea sancionada
esta ley no podrán
establecerse condiciones pensionales diferentes por medio
de pactos, convenciones colectivas de trabajo, laudos
o actos jurídicos.
- A partir del 31 de julio de
2010 no podrán
existir pensiones públicas superiores a 25 salarios
mínimos.
- Todos los acuerdos y beneficios
concedidos por pactos, convenciones colectivas de trabajo,
laudos o acuerdos,
actos expirarán el 31 de julio de 2010.
- Los regímenes especiales de jubilación
y los exceptuados, se terminarán el 31 de julio
de 2010.
- A partir de la aprobación de la ley los nuevos
pensionados solo recibirán 13 mesadas. Se acaba
la mesada 14 para los nuevos jubilados.
- Sobre el régimen de transición se acabará a
partir del 31 de julio de 2010 pero quedando exceptuados
los trabajadores que hubieren cotizado mínimo
750 semanas.
¿Cuáles son los beneficios del régimen
de transición? Que las mujeres se podrán
seguir pensionando a los 55 años y los hombres
a los 60 años, pero a partir del 31 de julio de
2010 subirá en dos años la edad: a 57 años
las mujeres y 62 años los hombres.