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Tres días cerrarán comercios que no lo tengan

682.416 COMERCIANTES INSCRITOS EN EL RUT

Bogotá, 26 ago. (SNE). - Hasta la fecha, 682.416 pequeños comerciantes pertenecientes al régimen simplificado, se han inscrito y tienen el Registro Único Tributario (RUT).

Quienes no lo tengan serán cerrados tres días en una serie de visitas que realizará la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en los lugares de comercio más informales del país.

En esas visitas se verificará que los establecimientos comerciales tengan en lugar visible el certificado de expedición del RUT y que sea el documento original, con las firmas del representante legal y del funcionario de la DIAN.

Entre julio y agosto del presente año se han inscrito 223.400 pequeños comerciantes, tenderos, artesanos, agricultores y ganaderos que son minoristas o detallistas, que presten servicios gravados y que realicen operaciones gravadas y están en el régimen simplificado.

La DIAN está atendiendo más de 6 mil personas en sus diferentes oficinas en todo el país.

El certificado del RUT acredita a los pequeños comerciantes como responsables del Régimen Simplificado del IVA, quienes quedan eximidos de presentar declaraciones tributarias relacionadas con este impuesto, cobrar el IVA y facturar.

¿Quienes pertenecen al régimen simplificado? Las personas naturales comerciantes, artesanos, que sean minoristas o detallistas, los agricultores y ganaderos que realicen operaciones gravadas, así como quienes prestan servicios gravados y cumplan las siguientes condiciones:

- Que tengan un patrimonio bruto inferior a 80 millones de pesos.

- Hayan recibido ingresos anuales por menos de 60 millones de pesos.

- Hayan firmado contratos en el año por menos de 60 millones de pesos.

- Hayan efectuado consignaciones bancarias en el año anterior por menos de 80 millones de pesos.

- También, aquellos que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

- Así mismo, los que en su negocio o local no desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación comercial.

- Quienes no sean usuarios aduaneros (exportadores o importadores).

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