No
permite ningún tipo de aprovechamiento forestal en ellos:
Minambiente
LEY FORESTAL DEJA INTACTOS LOS PARQUES NATURALES
Bogotá, 6 dic. (SNE).- El proyecto de Ley Forestal, que
cursa su último debate en la Cámara de Representantes,
no permite ningún tipo de aprovechamiento forestal en los
parques naturales de Colombia, dijo Sandra Suárez Pérez,
ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
“El proyecto de ley no permite adelantar ningún tipo
de aprovechamiento forestal ni efectuar ninguna eliminación
de los parques nacionales naturales, con fines de ejecución
de actividades agropecuarias, ni de establecimiento de plantaciones
forestales”, afirmó.
Explicó que el proyecto de Ley General Forestal no deroga
lo establecido en el artículo 63 de la Constitución
Política de Colombia que establece los bienes de uso público,
entre los cuales se encuentran los parques naturales.
“Los bienes de uso público, como los parques nacionales
naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las
tierras de resguardos, el patrimonio ecológico de la Nación
y los demás bienes que determina la ley, son imprescriptibles
e inalienables”, reiteró.
Tampoco deroga lo establecido en los artículos 327 a 336
del Código de los Recursos Naturales (decreto ley 2811 de
1974), en los que se definen las áreas de parques nacionales
naturales, así como sus finalidades, tipos, administración
y uso, las actividades permitidas, las facultades de administración
y las prohibiciones en dichas áreas.
“Luego no se está afectando la estructura jurídica
de parques nacionales naturales”, señaló la
Ministra.
Dijo que igualmente continúa vigente el decreto reglamentario
del Código de los Recursos Naturales (decreto 622 de 1977),
que tiene como contenido principal el objeto de las áreas
de parques nacionales naturales, definiciones, proceso de reserva
y delimitación, administración de dichas áreas,
manejo y desarrollo de las áreas que integran el sistema
de parques, uso de las áreas, obligaciones de los usuarios,
prohibiciones, sanciones, control y vigilancia de los parques nacionales
naturales.
Sostuvo que el proyecto de ley plasmó en el numeral 18
del artículo 2, que “en ningún caso la presente
ley permitirá tratamientos distintos a los consagrados en
la legislación vigente para áreas protegidas del
sistema de parques nacionales naturales. Es decir, que el proyecto
no afecta los parques. Todo lo contrario, los protege”.
Además la Ley General Forestal contempla en el artículo
13 las áreas de protección forestal, las cuales tienen
por objeto proteger los recursos naturales: “lo cual significa
que las áreas de parques nacionales no serán objeto
de aprovechamiento forestal. Una garantía más de
que no se están afectando dichas áreas”.
“El Gobierno Nacional rechaza rotundamente que, a través
de la iniciativa legislativa, se esté pretendiendo acabar
con los parques nacionales naturales. El Gobierno respeta su organicidad
jurídica y no está dispuesto a permitir que dichos
escenarios sean convertidos en potenciales áreas de aprovechamiento
forestal”, enfatizó la Ministra.
Señaló que la Ley Forestal tiene por objeto detener
la deforestación y la tala ilegal del bosque natural: “de
esta manera se pretende prohibir el cambio de uso de suelo de bosque
natural a plantaciones agrícolas o forestales, evitando
que se sigan talando nuestros bosques”.
“Quisiera que los críticos de esta Ley la estudiaran
más y la leyeran mejor”, puntualizó. |