Sostiene Directora
de Parques
LEY FORESTAL NO MODIFICA RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS
PARQUES NATURALES
Bogotá 9 dic. (SNE). No es cierto que el proyecto de Ley
Forestal, que se tramita en la Cámara de Representantes,
modifique el régimen jurídico aplicable a las áreas
del sistema de parques naturales de Colombia, sostuvo Julia Miranda
Londoño, directora de Parques Nacionales.
Dijo que los parques nacionales naturales
han sido objeto de protección,
no sólo a través de acuerdos internacionales ratificados
por Colombia, como el Convenio de Diversidad Biológica,
sino que además la Constitución Política se
ocupa de establecer disposiciones fundamentales para su protección.
Señaló que el proyecto de ley no modifica, en forma
alguna, el capítulo del Código de Recursos Naturales
Renovables, que se ocupa ampliamente de regular lo relativo a las áreas
del Sistema de Parques Nacionales Naturales, ni el Decreto 622
de 1977, reglamentario del Código de Recursos Naturales
en lo relativo al Sistema de Parques.
Afirmó que existen otras normas
aplicables al Sistema de Parques Nacionales Naturales que tampoco
resultan modificadas ni
derogadas por el proyecto de ley.
“En efecto, no se modifica la Ley 99 de 1993 que, en su
artículo 5, determina que es función del Ministerio
del Medio Ambiente (hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial), reservar y alinderar las áreas que integran
el Sistema de Parques Nacionales Naturales, así como administrarlas
y velar por la protección del patrimonio natural y la diversidad
biótica de la Nación. En su artículo 107 declara
como motivo de utilidad pública e interés social
la declaratoria y alinderamiento de áreas que integran el
Sistema de Parques Nacionales Naturales”.
Agregó que tampoco se modifica el Decreto Ley 216 de 2003,
que en su artículo 19 y siguientes regula lo pertinente
a la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales
Naturales, señalándole sus funciones y atribuciones
para la debida protección, administración y manejo
de dichas áreas. |