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Sostiene Directora de Parques

LEY FORESTAL NO MODIFICA RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS PARQUES NATURALES

Bogotá 9 dic. (SNE). No es cierto que el proyecto de Ley Forestal, que se tramita en la Cámara de Representantes, modifique el régimen jurídico aplicable a las áreas del sistema de parques naturales de Colombia, sostuvo Julia Miranda Londoño, directora de Parques Nacionales.

Dijo que los parques nacionales naturales han sido objeto de protección, no sólo a través de acuerdos internacionales ratificados por Colombia, como el Convenio de Diversidad Biológica, sino que además la Constitución Política se ocupa de establecer disposiciones fundamentales para su protección.

Señaló que el proyecto de ley no modifica, en forma alguna, el capítulo del Código de Recursos Naturales Renovables, que se ocupa ampliamente de regular lo relativo a las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, ni el Decreto 622 de 1977, reglamentario del Código de Recursos Naturales en lo relativo al Sistema de Parques.

Afirmó que existen otras normas aplicables al Sistema de Parques Nacionales Naturales que tampoco resultan modificadas ni derogadas por el proyecto de ley.

“En efecto, no se modifica la Ley 99 de 1993 que, en su artículo 5, determina que es función del Ministerio del Medio Ambiente (hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial), reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales, así como administrarlas y velar por la protección del patrimonio natural y la diversidad biótica de la Nación. En su artículo 107 declara como motivo de utilidad pública e interés social la declaratoria y alinderamiento de áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales”.

Agregó que tampoco se modifica el Decreto Ley 216 de 2003, que en su artículo 19 y siguientes regula lo pertinente a la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, señalándole sus funciones y atribuciones para la debida protección, administración y manejo de dichas áreas.

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