Ordena decreto del
Ministerio de Hacienda
BIENES IMPORTADOS POR PLAN VALLEJO QUE SE QUEDEN, DEBEN PAGAR
IMPUESTOS
Bogotá, 12 Dic. (SNE).- Los bienes de capital y los repuestos
que ingresaron al país para producir artículos únicamente
para ser exportados y cuyos propietarios deseen dejarlos definitivamente
en el país, tienen que pagar los impuestos correspondientes.
Así lo determinó el decreto 4553 del 9 de diciembre
del Ministerio de Hacienda en el que se señala que esos
bienes y repuestos deberán someterse a la modalidad de importación
ordinaria mediante la liquidación y pago de impuestos sobre
las ventas y la presentación y ante a las autoridades aduaneras
de las declaraciones de importación.
El pago del impuesto sobre las ventas podrá efectuarse
en los bancos y entidades financieras ubicados en la jurisdicción
aduanera donde se encuentre la mercancía.
Como documentos de soporte para la respectiva
importación
se exige el original del recibo oficial de pago en bancos de los
tributos aduaneros o sanciones cambiarias; el original de la certificación
expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo sobre
el cumplimiento de los compromisos de exportación.
La base gravable para liquidar el impuesto
sobre las ventas de los bienes de capital y repuestos importados,
es el valor en aduana
que se detalló en las declaraciones de importación.
Por último señala que el registro de importación
ante el Ministerio de Comercio será obligatorio exclusivamente
para las importaciones de bienes de capital sometidas al régimen
de licencia previa, a requisito, permiso o autorización. |