Recibirá más
de 100 millones de datos
DIAN ANUNCIA SANCIONES A QUIENES REPORTEN INFORMACIÓN
EQUIVOCADA
Bogotá, 21 dic. (SNE).- Con multas que pueden pasar de
los 282 millones de pesos serán sancionadas las entidades
que teniendo que reportar información sobre las transacciones
y operaciones que efectúen sus clientes, lo hagan en forma
equivocada.
Así lo advirtió la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales (DIAN) al señalar que recibirá en
2006 cerca de 100 millones de datos sobre todas las transacciones
que hacen los ciudadanos.
Por medio de la resolución 11774 del 7 de diciembre de
2005, la DIAN reglamentó la aplicación de las sanciones
establecidas en el artículo 651 del Estatuto Tributario,
por informar mal, no informar, reportar fragmentariamente, hacerlo
en forma extemporánea, con errores de contenido, entre
otros.
La DIAN recibe información de todas las entidades financieras,
de las cámaras de comercio, de la bolsa de valores, de
los comisionistas, las notarías, las empresas públicas,
los grandes contribuyentes, sobre las operaciones que hacen las
personas.
Estas entidades reportan todas las transacciones
que hacen sus clientes y que sobrepasen ciertos topes fijados
por la DIAN,
como sujeto de control para investigar si esos contribuyentes
están presentando declaración de renta y pagando
los impuestos, si tiene que corregir sus declaraciones o si los
clasifica como omisos.
¿Qué reportan los bancos? Las entidades financieras
vigiladas por la Superintendencia Financiera deben entregar información
a la DIAN sobre consignaciones, depósitos, abonos, traslados
y movimientos acumulados de dinero por más de 25 millones
de pesos anuales, tanto en cuentas de ahorro como en cuentas
corrientes.
Movimientos con certificados a término fijo y otra clase
de depósitos si sobrepasan los 25 millones; inversionistas
o ahorradores que hayan recibido más de 25 millones; ahorros
voluntarios en fondos de pensiones por más de esa cifra.
Así mismo compras, avances o gastos con tarjetas de crédito
que sumen más de 25 millones de pesos anuales; o prestación
de servicios.
Quienes hayan recibido préstamos
superiores a 50 millones de pesos.
Por su parte las cámaras de comercio informan sobre las
sociedades creadas y liquidadas en el año, los socios
y accionistas registrados.
La bolsas de valores reporta los comisionistas
inscritos, las transacciones que efectúan, el valor
de las ventas y de las adquisiciones, el valor de las comisiones
y retenciones hechas
a los comisionistas.
A su vez cada comisionista debe entregar
información
por venta o compra de acciones u otros papeles transados por
más de 10 millones de pesos.
En el caso de los notarios tienen que
informar sobre enajenaciones de bienes o derechos cuya cuantía
exceda de 15 millones de pesos.
De acuerdo con el artículo 651 del Estatuto Tributario
la sanción por reportar información equivocada
es de 282 millones 326 mil pesos. |