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Recibirá más de 100 millones de datos

DIAN ANUNCIA SANCIONES A QUIENES REPORTEN INFORMACIÓN EQUIVOCADA

Bogotá, 21 dic. (SNE).- Con multas que pueden pasar de los 282 millones de pesos serán sancionadas las entidades que teniendo que reportar información sobre las transacciones y operaciones que efectúen sus clientes, lo hagan en forma equivocada.

Así lo advirtió la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) al señalar que recibirá en 2006 cerca de 100 millones de datos sobre todas las transacciones que hacen los ciudadanos.

Por medio de la resolución 11774 del 7 de diciembre de 2005, la DIAN reglamentó la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 651 del Estatuto Tributario, por informar mal, no informar, reportar fragmentariamente, hacerlo en forma extemporánea, con errores de contenido, entre otros.

La DIAN recibe información de todas las entidades financieras, de las cámaras de comercio, de la bolsa de valores, de los comisionistas, las notarías, las empresas públicas, los grandes contribuyentes, sobre las operaciones que hacen las personas.

Estas entidades reportan todas las transacciones que hacen sus clientes y que sobrepasen ciertos topes fijados por la DIAN, como sujeto de control para investigar si esos contribuyentes están presentando declaración de renta y pagando los impuestos, si tiene que corregir sus declaraciones o si los clasifica como omisos.

¿Qué reportan los bancos? Las entidades financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera deben entregar información a la DIAN sobre consignaciones, depósitos, abonos, traslados y movimientos acumulados de dinero por más de 25 millones de pesos anuales, tanto en cuentas de ahorro como en cuentas corrientes.

Movimientos con certificados a término fijo y otra clase de depósitos si sobrepasan los 25 millones; inversionistas o ahorradores que hayan recibido más de 25 millones; ahorros voluntarios en fondos de pensiones por más de esa cifra.

Así mismo compras, avances o gastos con tarjetas de crédito que sumen más de 25 millones de pesos anuales; o prestación de servicios.

Quienes hayan recibido préstamos superiores a 50 millones de pesos.

Por su parte las cámaras de comercio informan sobre las sociedades creadas y liquidadas en el año, los socios y accionistas registrados.

La bolsas de valores reporta los comisionistas inscritos, las transacciones que efectúan, el valor de las ventas y de las adquisiciones, el valor de las comisiones y retenciones hechas a los comisionistas.

A su vez cada comisionista debe entregar información por venta o compra de acciones u otros papeles transados por más de 10 millones de pesos.

En el caso de los notarios tienen que informar sobre enajenaciones de bienes o derechos cuya cuantía exceda de 15 millones de pesos.

De acuerdo con el artículo 651 del Estatuto Tributario la sanción por reportar información equivocada es de 282 millones 326 mil pesos.

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