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HORARIOS DE RESTRICCION PARA TRANSITO DE CAMIONES

Bogotá, dic. 23 (SNE).- Mediante la Resolución 2800 del Ministerio de Transporte se establecieron las siguientes restricciones para la movilización de vehículos de carga con capacidad igual o superior a 3,5 toneladas durante la temporada de Navidad y Año Nuevo.

Están exentos de la restricción los vehículos que transportan periódico con ediciones del día, pollos, huevos, lácteos, carne, frutas, verduras, hortalizas, desechos sólidos y líquidos de origen domiciliario, ganado de lidia, especies pecuarias de competencia o exposición, maquinaria y/o herramientas para atender emergencias en la infraestructura vial, oleoductos y servicios públicos.

Sábado 24 de diciembre.

No podrán circular camiones por las vías nacionales entre las 10 de la mañana y las 10 de la noche.

Domingo 25 de diciembre

No podrán circular camiones por las vías nacionales entre las 12 del mediodía y hasta las 10 de la noche.

Sábado 31 de diciembre.

Camiones no podrán transitar por las vías entre las 10 de la mañana y las 10 de la noche.

Domingo 1 y lunes 2 de enero de 2006

No podrán transitar camiones entre las 10 de la mañana y las 10 de la noche.

Puente festivo de Reyes.

La restricción se aplicará así:

Sábado: Desde las 10:00 de la mañana hasta las 10 de la noche.

Domingo: Desde las 10:00 de la mañana hasta las 12 de la noche.

Lunes festivo: Desde las 8:00 de la mañana hasta las 12 de la noche.

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