HORARIOS DE RESTRICCION
PARA TRANSITO DE CAMIONES
Bogotá, dic. 23 (SNE).- Mediante la Resolución
2800 del Ministerio de Transporte se establecieron las siguientes
restricciones para la movilización de vehículos
de carga con capacidad igual o superior a 3,5 toneladas durante
la temporada de Navidad y Año Nuevo.
Están exentos de la restricción los vehículos
que transportan periódico con ediciones del día,
pollos, huevos, lácteos, carne, frutas, verduras, hortalizas,
desechos sólidos y líquidos de origen domiciliario,
ganado de lidia, especies pecuarias de competencia o exposición,
maquinaria y/o herramientas para atender emergencias en la infraestructura
vial, oleoductos y servicios públicos.
Sábado 24 de diciembre.
No podrán circular camiones por las vías nacionales
entre las 10 de la mañana y las 10 de la noche.
Domingo 25 de diciembre
No podrán circular camiones por las vías nacionales
entre las 12 del mediodía y hasta las 10 de la noche.
Sábado 31 de diciembre.
Camiones no podrán transitar por las vías entre
las 10 de la mañana y las 10 de la noche.
Domingo 1 y lunes 2 de enero de 2006
No podrán transitar camiones entre las 10 de la mañana
y las 10 de la noche.
Puente festivo de Reyes.
La restricción se aplicará así:
Sábado: Desde las 10:00 de la mañana
hasta las 10 de la noche.
Domingo: Desde las 10:00 de la mañana
hasta las 12 de la noche.
Lunes festivo: Desde las 8:00 de la mañana
hasta las 12 de la noche. |