¿CUÁNDO
SE DEBEN PRESENTAR LAS DECLARACIONES DE IMPUESTOS?
Bogotá, 27 Dic. (SNE).- El Gobierno Nacional fijó el
calendario con las fechas de acuerdo con el último dígito
del NIT, en el que los contribuyentes tienen que presentar sus
declaraciones de impuestos.
El Calendario Tributario 2006 incluye las
fechas de presentación
de las declaraciones de renta, IVA, Patrimonio, Retención
en la Fuente.
RENTA
El director de la DIAN, Oscar Franco, afirmó que
cerca de 5.500 empresas clasificadas como grandes contribuyentes
tienen
que presentar declaraciones de renta.
El plazo para presentar la declaración de renta se inicia
el 3 de febrero de 2006 y vence entre el 17 y el 21 de abril del
mismo año, atendiendo los dos últimos dígitos
del NIT del declarante.
El impuesto se podrá pagar en 5
cuotas, la primera de ellas el 10 de febrero y debe ser por el
20 por ciento del total del
gravamen.
Si el último dígito del NIT de la empresa termina
en 9 ó 0, debe presentar la declaración el 17 de
abril; si termina en 7 u 8, la presentará el 18 de abril;
y así sucesivamente hasta el 21 de abril si el último
dígito termina en 1 ó 2.
PERSONAS NATURALES
En el caso de las personas naturales se
tiene que presentar la declaración de renta de acuerdo con los dos últimos
dígitos del NIT, que consten en el Registro Único
Tributario (RUT), a partir del 3 de febrero de 2006.
Si los dos últimos dígitos van del 01 al 05, el
plazo vence el 24 de abril; si los dos últimos dígitos
van del 06 al 10, el plazo vence el 25 de abril y así simultáneamente
hasta cuando los dos últimos dígitos estén
entre 96 y 00 que vencerá el 22 de mayo.
IVA
La declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sigue
siendo bimestral y las presentaciones arrancan el 6 de marzo para
los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del
NIT terminen en 9 ó 0.
En el caso de los contribuyentes con los
dos últimos números
7 u 8 se debe presentar el 7 de marzo; si es 5 ó 6, el 8
de marzo; si es 3 ó 4, el 9 de marzo; y si es 1 ó 2,
el 10 de marzo.
IMPUESTO AL PATRIMONIO
La tarifa del impuesto al patrimonio es del 3 por mil y la pagan
los contribuyentes cuyo patrimonio sea superior a los 3 mil 344
millones 378 mil pesos.
Este impuesto se pagará hasta el año
gravable 2006.
La primera cuota se debe pagar el 26 de mayo de 2006 y la segunda
el 22 de septiembre del mismo año.
RETENCIÓN EN LA FUENTE
Esta declaración la deben presentar
los empresarios de acuerdo con el dinero que le retienen a sus
trabajadores.
Se debe presentar mensualmente y las fechas
de vencimiento dependen de último dígito del NIT
de la empresa. |