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Minagricultura dice que pueden sembrarse 3 millones de hectáreas

CULTIVOS FORESTALES PODRÍAN GENERAR 760 MIL EMPLEOS

Bogotá, 27 ene. (SNE). - Las plantaciones forestales con fines comerciales podrían ser uno de los sectores básicos para el desarrollo del campo nacional y para la generación de empleo. Para esto, Colombia cuenta con todas las ventajas disponibles para los inversionistas nacionales y extranjeros.

Así se deduce del documento “Perspectivas de inversión en el sector forestal colombiano” preparado por el Ministerio de Agricultura en el que se hace un diagnóstico de la actual situación y las enormes ventajas naturales y de rendimientos que ofrece a los empresarios.

El Plan Nacional de Desarrollo Forestal señala que el potencial de tierras susceptible de ser aprovechado en cultivos forestales bajo esquema de producción sostenible y de manera competitiva es de 16 millones de hectáreas.

Sin embargo lo que en forma factible podría incorporarse en cinco años serían 3 millones de hectáreas que ya se utilizan en su mayoría en otros usos agropecuarios.

Hoy el sector forestal genera 38 mil empleos directos pero si se logra ampliar el área sembrada a los 3 millones de hectáreas, la creación de fuentes de trabajo subiría a 760 mil.

Según estudios de la Corporación Nacional de Investigación y Fomento Forestal (Conif) en Colombia hay cerca de 4,5 millones de hectáreas con aptitud forestal comercial sin restricciones y 11,5 millones con restricciones menores.

El documento señala que “el país posee ventajas comparativas para establecer plantaciones ya que cuenta con vastas áreas de vocación forestal distribuidas en varios pisos altitudinales, donde es factible el establecimiento de una amplia gama de especies gracias a ventajas en clima, calidad de suelos, valor de la tierra y costo de la mano de obra. Es importante mencionar que los bosques naturales siguen siendo la principal fuente nacional de abastecimiento de madera”.

Con fines comerciales en Colombia hay unas 150 mil hectáreas sembradas en Cauca, Valle, Quindío, Risaralda, Caldas, Tolima, Antioquia, Cundinamarca, Boyacá, Bolívar, Magdalena, Piedemonte de los Llanos Orientales y Vichada. Se produce especialmente pulpa, tableros aglomerados e inmunización.

Las más grandes son de Smurfit Cartón de Colombia que cuenta con 40 mil hectáreas en el Valle, Cauca y Antioquia con pátula y eucalipto.

Las segundas son en Bolívar sembradas por Monterrey Forestal con 9.776 hectáreas de ceiba tolua y melina.

Refocosta tiene 6.800 hectáreas de teca, roble y eucalipto en el Magdalena y 4.700 de las especies caribea y eucalipto en el Casanare.

Sobre las especies el reporte señala que se emplean más de 50 aunque más del 70 por ciento de las 150 mil hectáreas en el país están sembradas con pinos y eucaliptos y el 9 por ciento por especies nativas.

BALANZA COMERCIAL

El informe del Ministerio de Agricultura señala que Colombia consume cerca de 3,5 millones de metros cúbicos de madera por año.

Estima que solo con 10 mil nuevas hectáreas sembradas se podrían producir 200 metros cúbicos de madera por año a partir del cuarto año, lo que representa cerca del 6 por ciento del consumo nacional.

Esto indica –aclara el informe- que cualquier iniciativa forestal tiene mercados asegurados dentro del consumo nacional debido a la baja producción existente.

La balanza comercial del sector forestal es negativa pero ha mejorado en los últimos años. En 1997 fue deficitaria en 292 millones pero en el año 2003 mientras se exportaron 428 millones de dólares, se importaron 502 millones. Es decir que fue roja en 74 millones de dólares.

INCENTIVOS

Los principios y normas sobre el uso y aprovechamiento de los recursos naturales en el bosque y en las plantaciones por parte de inversionistas privados o del Estado, están definidos por el decreto 1791 de 1996.

La ley 139 de 1994 creó el Certificado de Incentivo Forestal (CIF) para estimular a los productores a que establecieran plantaciones. Ese CIF cubre el 75 por ciento de la inversión para especies nativas y el 50 por ciento para especies introducidas y parte de los gastos de mantenimiento del segundo al quinto año.

Además, los ingresos que reciban los reforestadores por concepto del CIF no constituye renta gravable.

También los empresarios disponen del Incentivo de Capitalización Rural (ICR) que es un beneficio económico entregado al productor por la ejecución de proyectos orientados a la adquisición de maquinaria, equipos e implementos.

En materia tributaria están los estímulos concedidos por la Ley 788 de 2002 o reforma tributaria y la Ley 812 de 2003 o Plan Nacional de Desarrollo que ampliaron los beneficios de la reforestación en coherencia con las políticas forestales.

El artículo 31 del Plan de Desarrollo “Hacia un Estado Comunitario” señaló que los contribuyentes del impuesto de renta obligados a presentar declaración que establezcan nuevos cultivos forestales, pueden descontar hasta el 30 por ciento de la inversión efectuada.

La ley 788 dejó exenta la renta generada por el aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales y la generada por los aserríos vinculados a tales plantaciones.

Así mismo estableció que serán exentos del impuesto de renta los ingresos provenientes de la venta de certificados de captura de CO2, de acuerdo con los términos del Protocolo de Kioto.

El artículo 157 del Estatuto Tributario establece una deducción hasta del 10 por ciento a la renta gravable del contribuyente cuando invierta en empresas reforestadoras.

Y el artículo 83 permite presumir que hasta el 80 por ciento del ingreso por venta de los productos de plantaciones forestales, corresponde a los costos de explotación.

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