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Desde el próximo martes por decisión de la Superbancaria

BANCOS TIENEN QUE REPORTAR REMESAS MAYORES A 200 DÓLARES

Bogotá, 28 ene. (SNE). - A partir del próximo martes 1° de febrero todos los bancos, corporaciones financieras, compañías de financiamiento comercial, cooperativas financieras, casas de cambio y comisionistas de la bolsa de valores, tendrán que reportar al Ministerio de Hacienda toda operación de transferencia, remesa o compra y venta de divisas mayor a 200 dólares.

Esta determinación fue adoptada desde el 5 de octubre de 2004 a través de la circular externa 040 de la Superintendencia Bancaria, pero únicamente entrará en vigencia desde el martes.

El objetivo es detectar prácticas asociadas con el lavado de activos y por eso la información debe ser enviada a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) de la cartera de Hacienda.

La meta es evitar las llamadas operaciones de “pitufeo” es decir que se lave dinero haciendo muchos giros de poca cuantía a un gran número de personas que prestan sus cuentas corrientes o de ahorro a cambio de una comisión.

Todos los intermediarios del mercado cambiario a quienes va dirigida la medida deben reportar a la UIAF los giros de los no residentes en Colombia o los que se envíen desde Colombia al exterior y la compra y venta de divisas por más de 200 dólares, o en cualquier otra divisa.

Esta medida no es nueva ya que las casas de cambio venían reportando desde junio de 2003 todas las operaciones que efectúan por cualquier valor, y precisamente a través de las casas de cambio ingresa el 81 por ciento de los giros.

Como los bancos cada día ganan más terreno en el mercado del giro de divisas el Gobierno consideró necesario extender la medida a todos los intermediarios del mercado cambiario.

La información que las familias o la personas que hace el giro debe suministrar a los establecimientos financieros y a la UIAF, es la misma que venían entregando: el valor de la cuantía del giro; el nombre, dirección y teléfono de a quien se entrega y de quien hace el giro; y el tipo de moneda en la que quiera que se pague.

No se tiene que entregar más información ni pagar ninguna clase de impuesto.

Desde hace mucho tiempo en Colombia operan otra clase de medidas para controlar le lavado de activos. Por ejemplo, las casas de cambio reportan toda operación en efectivo mayor a 500 dólares; todo el sistema financiero ya lo venía efectuando para transacciones superiores a 5 mil dólares.

Además desde 1992 todas las operaciones superiores a 10 mil dólares vienen siendo reportadas.

 

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