Desde
el próximo
martes por decisión de la Superbancaria
BANCOS TIENEN QUE REPORTAR REMESAS
MAYORES A 200 DÓLARES
Bogotá, 28 ene. (SNE). - A partir del próximo
martes 1° de febrero todos los bancos, corporaciones
financieras, compañías de financiamiento
comercial, cooperativas financieras, casas de cambio y
comisionistas de la bolsa de valores, tendrán que
reportar al Ministerio de Hacienda toda operación
de transferencia, remesa o compra y venta de divisas mayor
a 200 dólares.
Esta determinación fue adoptada desde el 5 de octubre
de 2004 a través de la circular externa 040 de la
Superintendencia Bancaria, pero únicamente entrará en
vigencia desde el martes.
El objetivo es detectar prácticas asociadas con
el lavado de activos y por eso la información debe
ser enviada a la Unidad de Información y Análisis
Financiero (UIAF) de la cartera de Hacienda.
La meta es evitar las llamadas
operaciones de “pitufeo” es
decir que se lave dinero haciendo muchos giros de poca
cuantía a un gran número de personas que
prestan sus cuentas corrientes o de ahorro a cambio de
una comisión.
Todos los intermediarios del mercado
cambiario a quienes va dirigida la medida deben reportar
a la UIAF los giros
de los no residentes en Colombia o los que se envíen
desde Colombia al exterior y la compra y venta de divisas
por más de 200 dólares, o en cualquier otra
divisa.
Esta medida no es nueva ya que
las casas de cambio venían
reportando desde junio de 2003 todas las operaciones que
efectúan por cualquier valor, y precisamente a través
de las casas de cambio ingresa el 81 por ciento de los
giros.
Como los bancos cada día ganan más terreno
en el mercado del giro de divisas el Gobierno consideró necesario
extender la medida a todos los intermediarios del mercado
cambiario.
La información que las familias o la personas que
hace el giro debe suministrar a los establecimientos financieros
y a la UIAF, es la misma que venían entregando:
el valor de la cuantía del giro; el nombre, dirección
y teléfono de a quien se entrega y de quien hace
el giro; y el tipo de moneda en la que quiera que se pague.
No se tiene que entregar más información
ni pagar ninguna clase de impuesto.
Desde hace mucho tiempo en Colombia
operan otra clase de medidas para controlar le lavado
de activos. Por ejemplo,
las casas de cambio reportan toda operación en efectivo
mayor a 500 dólares; todo el sistema financiero
ya lo venía efectuando para transacciones superiores
a 5 mil dólares.
Además desde 1992 todas las operaciones superiores
a 10 mil dólares vienen siendo reportadas.
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