Bogotá, 9 feb. (SNE).- El Gobierno Nacional puso este
miércoles a consideración del Congreso de la República,
el proyecto de Ley de “Justicia y Paz”, que busca
convertirse en la herramienta jurídica para los procesos
de diálogo con cualquier organización armada ilegal
(guerrilleros y autodefensas ilegales) y a través del
cual se fijan los mecanismos de reparación para las víctimas
de estos grupos.
“Este Proyecto de Ley tiene como fundamento: el equilibrio
entre justicia y paz, la credibilidad que suscita por el avance
en las actuales desmovilizaciones y su alcance universal por
ser aplicable a miembros de las autodefensas y de las guerrillas.
Una vez aprobado, se convertirá en un instrumento valioso
para consolidar de manera progresiva la paz nacional y afianzar
el imperio del Estado de Derecho”, afirmó el ministro
del Interior y de Justicia, Sabas Pretelt de la Vega, en la exposición
de motivos de la iniciativa.
En el mismo documento, el Ministro explicó que “se
trata de encontrar una adecuada relación, un equilibrio
entre justicia y paz, que nos permita satisfacer los intereses
de la primera, al tiempo que se avanza de manera audaz y efectiva
en la superación de los problemas de violencia que tanto
sufrimiento le han causado al país”
El proyecto establece unas penas mínimas para quienes
se acojan a la ley y tengan procesos pendientes con la justicia.
Las sentencias, de acuerdo con el proyecto, serán de mínimo
cinco años y de máximo 10, los cuales deberán
ser pagados en una prisión. Si la pena establecida en
el Código Penal, con rebajas y beneficios, es menor a
cinco años, será el tiempo de cárcel que
se pague.
Las penas serán fijadas por un Tribunal para la Verdad,
la Justicia y la Reparación, que además deberá “asegurar
que los derechos de las víctimas sean cabalmente resarcidos
y otorgar los beneficios. De ésta manera, podrá darse
cumplimiento a la exigencia de impartir justicia de manera independiente
y transparente, propia de un Estado de Derecho”.
De acuerdo con el Ministro, si bien es
claro que los responsables de delitos atroces no serán amnistiados ni indultados
y deberán responder judicialmente por sus acciones, es
posible otorgarles a ellos “beneficios de acuerdo con su
esfuerzo por consolidar la convivencia pacífica”.
“Es necesario diferenciar el manejo que debe darse a quienes
insisten en la vía de las armas, del que debe darse a
quienes, no obstante haber causado el mismo dolor, optan por
el abandono de éstas y ofrecen soluciones de reconciliación.”,
dice la exposición de motivos.
Para acceder al beneficio, los sindicados
deberán haber
confesado los delitos cometidos. También haber declarado
y restituido los bienes adquiridos durante las actividades delictivas;
que haya cooperado de manera eficaz con la justicia y que “el
procesado reconozca los hechos y su responsabilidad sobre ellos,
y de manera pública pida perdón por el daño
causado a las víctimas y a la sociedad”.
Una vez la persona haya cumplido la pena
efectiva en prisión,
entra en un período de supervisión “por un
periodo de prueba equivalente a la quinta parte del tiempo en
que permaneció efectivamente privado de la libertad”.
El proyecto señala que “para la verificación
del cumplimiento de las obligaciones impuestas, el Tribunal para
la Verdad, la Justicia y la Reparación podrá adoptar
todas las medidas que se consideren necesarias, incluidas visitas
periódicas a la residencia de las personas objeto de la
presente ley o de las víctimas y el seguimiento electrónico
de los desplazamientos de los condenados”.
El beneficio de libertad condicional
podrá ser revocado
si el condenado incumple alguno de los requisitos señalados
en la Ley. “En tal caso deberá cumplir efectivamente
el tiempo de la pena privativa de libertad que le fue impuesta
en la sentencia, descontado el que efectivamente ya hubiere cumplido,
sin perjuicio de la pena correspondiente al o los nuevos delitos
que hubiere cometido”, dice el proyecto de ley.
DERECHO A REPARACIÓN
La iniciativa gubernamental plantea unos
derechos fundamentales a las víctimas de las organizaciones armadas ilegales
a la verdad y a la reparación.
En lo que tiene que ver con la reparación a las víctimas,
el proyecto señala que este derecho comprende acciones
de restitución, indemnización, rehabilitación
y satisfacción, para obtener las garantías de no
repetición de los hechos violentos.
De acuerdo con el proyecto de ley, “la restitución
consiste en devolver a la víctima a la situación
anterior a la comisión del delito.
La indemnización consiste en compensar económicamente
los perjuicios causados por el delito.
La rehabilitación consiste en recuperar a las víctimas
que sufren traumas físicos y sicológicos como consecuencia
del delito.
La satisfacción consiste en restablecer la dignidad de
la víctima y difundir la verdad sobre lo sucedido”.
Como garantías para la no repetición de los hechos,
el proyecto propone la realización de reparaciones simbólicas
y colectivas, la primera entendida como la acción que “tienda
a asegurar la preservación de la memoria histórica,
la no repetición de los hechos victimizantes, la aceptación
pública de los hechos, el perdón público
y el restablecimiento de la dignidad de las víctimas”.
La reparación colectiva está definida como “el
enfoque de reconstrucción sico-social de atención
a poblaciones afectadas por la violencia. Este mecanismo se prevé de
manera especial para las comunidades afectadas por la ocurrencia
de homicidios múltiples y otros hechos de violencia sistemática”.
De acuerdo con el proyecto, los beneficiados
con este proyecto de ley, serán aquellos miembros de los grupos armados
al margen de la ley cuya organización haya suscrito un
acuerdo de paz con el Gobierno Nacional, cesado las hostilidades
y ataques a la población civil, desmovilizado a sus miembros
en los términos de ley, puesto en libertad a las personas
secuestradas, entregado al Bienestar Familiar la totalidad de
los menores reclutados y que la organización no tenga “como
objeto principal el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento
ilícito”.
Así mismo, podrán acceder a estos beneficios los
miembros de organizaciones armadas ilegales que se hayan desmovilizado
de manera individual, hayan cesado hostilidades y ataques a la
población civil y que hayan dejado las armas, de acuerdo
con lo establecido en la ley y que hayan suscrito un acta de
compromiso con el Gobierno Nacional.