Febrero de 2005

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

5

25

27
29
30
31
 
TEXTO DEL ACUERDO ENTRE COLOMBIA Y ECUADOR PARA PULVERIZAR LECHE

Cartagena, 10 feb. (SNE).- El siguiente es el texto del acuerdo firmado este jueves entre Colombia y Ecuador, para pulverizar leche en plantas del vecino país.

ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y AUTORIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MAQUILA INDUSTRIAL DE LECHE LÍQUIDA O EVAPORADA POR PARTE DE LOS INDUSTRIALES DE ECUADOR, ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Y EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia y el Ministerio de Agricultura y Ganadería del Ecuador

CONSIDERANDO

Que el 15 de octubre de 2004 en la ciudad de Esmeraldas – Ecuador, los Presidentes de la República de Colombia, doctor Alvaro Uribe Vélez y el de la República del Ecuador, Ingeniero Lucio Gutiérrez Borbúa, suscribieron una declaración conjunta, donde ratificaron su voluntad de continuar avanzando en el tratamiento de los temas de interés común y en especial en el sector agropecuario.

Que es de interés común de los dos países promover su integración e incrementar la cooperación técnica en los aspectos agropecuarios.

Que las Partes están de acuerdo en promover los servicios de maquila industrial de las empresas pulverizadoras de leche Ecuatoriana a los productores de leche de Colombia, de tal forma que estos últimos puedan convertir en territorio Ecuatoriano su producto de leche líquida o evaporada en leche en polvo para luego regresarlo a territorio colombiano, o a un tercer país conforme ellos lo soliciten.

Que las Partes están de acuerdo en que los respectivos organismos sanitarios oficiales apliquen el estricto cumplimiento de las exigencias zoosanitarias previstas en la normatividad andina vigente.

Las Partes:

ACUERDAN

1. Promover y facilitar los servicios de maquila industrial por parte de las empresas ecuatorianas pulverizadoras de leche Ecuatoriana a los productores y procesadores de leche liquida o evaporada de Colombia.

2. Promover la participación del sector privado, a través de sus productores e industriales, para el desarrollo de este Acuerdo.

3. Otorgar las facilidades técnicas y administrativas necesarias para la realización de los intercambios comerciales entre los dos países, objeto de este convenio.

4. Otorgar las facilidades necesarias para la realización de los controles, inspecciones, aprobaciones y verificaciones de carácter zoosanitario del otro país .

5. Garantizar que los volúmenes de leche liquida o evaporada que salgan de Colombia hacia Ecuador para el proceso de maquila, correspondan a las toneladas de leche en polvo, que se produjeren en Ecuador y saliendo de éste entraran nuevamente a Colombia o un tercer país por pedido de Colombia.

6. Prevenir la introducción, establecimiento y propagación de enfermedades en los territorios de las partes según la normatividad andina vigente.

PERIODO DE VIGENCIA

1. Este Acuerdo entrará en vigor en la fecha de su firma y tendrá vigencia indefinida, salvo que una de las partes comunique a la otra su decisión de darlo por terminado. La comunicación deberá ser por escrito con seis meses de anticipación a la fecha que se pretenda darle término.

2. Este Acuerdo podrá ser modificado total o parcialmente de conformidad entre las partes.

3. La finalización del presente Acuerdo no afectara a la realización de las actividades que se encuentren en ejecución.

Dado en la ciudad de Cartagena de Indias, a los diez días del mes de febrero de 2005.

Dr. ANDRES FELIPE ARIAS LEIVA

Ing. LEONARDO ESCOBAR BRAVO
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
Ministro de Agricultura y Ganadería
de la República de Colombia
de la República del Ecuador


TESTIGOS DE HONOR

Dra. IVONNE BAKI

Dr. JORGE HUMBERTO BOTERO
Ministra de Comercio Exterior Industrias Pesca
Ministro de Comercio Industria y
y Competitividad de la República del Ecuador
Turismo de la República de Colombia

Ing. PATRICIO MALDONADO MOSCOSO

Dr. JOSE FÈLIX LAFAURIE RIVERA
Presidente de la Federación de Cámaras
Presidente del Consejo Lácteo de la
de Agricultura de la República del Ecuador
República de Colombia
Imprimir
MAPA DEL SITIO
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA