Febrero de 2005

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DECRETO QUE PERMITE ACUMULAR PROYECTOS DE JUSTICIA Y PAZ

Bogotá, 12 feb (SNE). El siguiente es el texto del decreto 300 que permite la acumulación de todos los proyectos que se han presentado y se presenten para la expedición de una ley de justicia y paz que sea el marco jurídico para la desmovilización de guerrilleros de las Farc, el Eln y las Autodefensas:

“MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

DECRETO NÚMERO 300 DE 2005

11 de febrero de 2005

Por el cual se modifica el Decreto No. 225 de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 138 y 200 numeral 2º de la Constitución Política

CONSIDERANDO

Que en el Congreso de la República cursan los Proyectos de ley acumulados 035, 083 y 086 de 2004 Cámara “por medio del cual se modifica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”.

Que el Gobierno presentó al Honorable Congreso de la República el proyecto de Ley 211 de 2005 Senado “Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional”.

Que se han radicado en el congreso de la república los proyectos de ley 180/04 Senado, 207/05 Senado, 208/05 Senado, 209/05 Senado, 210/05 Senado relacionados con los procesos de paz.

DECRETA

Artículo 1º. Modificadse los numerales 1, 2 y 3 del artículo 2 del decreto 225 de 2005.

1. Considerar y aprobar las actas del Honorable Senado de la República que no hayan sido aprobadas en especial las siguientes:

NÚMERO DEL ACTA
FECHA
4
AGOSTO 10 DE 2004
8
SEPTIEMBRE 1 DE 2004
9
SEPTIEMBRE 7 DE 2004
10
SEPTIEMBRE 8 DE 2004
13
SEPTIEMBRE 28 DE 2004
15
OCTUBRE 19 DE 2004
16
OCTUBRE 20 DE 2004
17
OCTUBRE 26 DE 2004
18
NOVIEMBRE 2 DE 2004
19
NOVIEMBRE 9 DE 2004
20
NOVIEMBRE 10 DE 2004
21
NOVIEMBRE 16 DE 2004
22
NOVIEMBRE 23 DE 2004
23
NOVIEMBRE 24 DE 2004
24
NOVIEMBRE 30 DE 2004
25
DICIEMBRE 1 DE 2004
26
DICIEMBRE 6 DE 2004
27
DICIEMBRE 13 DE 2004
28
DICIEMBRE 14 DE 2004
29
DICIEMBRE 15 DE 2004
30
DICIEMBRE 16 DE 2004

2. Considerar y aprobar las actas de la Honorable Cámara de Representantes que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:

NÚMERO DEL ACTA
FECHA
148
NOVIEMBRE 24 DE 2004
149
NOVIEMBRE 30 DE 2004
153
DICIEMBRE 13 DE 2004
154
DICIEMBRE 14 DE 2004

3. considerar y aprobar las actas de las Comisiones Primeras Constitucionales de la Honorable Cámara de Representantes y el Honorable Senado de la República que no hayan sido aprobadas, en especial las siguientes:

NÚMERO DEL ACTA
FECHA
43 y 44 De la Comisión Primera de Cámara
JUNIO 3 Y 4 DE 2004
21 y 22 De la Comisión Primera de Cámara
OCTUBRE 19 Y 20 DE 2004
23 y 23 De la Comisión Primera de Cámara
OCTUBRE 21 Y 22 DE 2004

Artículo 2º. Modificase el numeral 5.2 del artículo segundo del decreto 225 de 2005 que quedará así:

5.2 – Proyectos de Ley acumulados 035, 083 y 086 de 2004 Cámara “por la cual se modifica la ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”.

Artículo 3º. Modificase el numeral 4.2 del artículo segundo del decreto 225 de 2005 que quedará así:

4.2 – Proyecto de Ley 211 de 2005 Senado “por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional”, al cual se le podrán acumular los proyectos de ley 180/04 Senado, 207/05 Senado, 208/05 Senado, 209/05 Senado y 210/05 Senado, y los proyectos de ley de iniciativa gubernamental o parlamentaria que sobre el mismo tema se hayan radicado o se radiquen en el Congreso de la República, siempre que constitucional y legalmente sea procedente.

Artículo 4º.- El presente decreto rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogota D.C. a los 11 días de febrero de 2005

(Firman)

ÁLVARO URIBE VÉLEZ
Presidente de la República

SABAS PRETELT DE LA VEGA
Ministro del Interior y Justicia.

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