Comienza
elección de representante de los empleados
MAÑANA VENCE PLAZO PARA
CONVOCAR LA COMISION DE PERSONAL EN AEROCIVIL
Bogotá, 7 jul. (SNE). - Este
viernes 8 de julio vence el plazo para que el Director
de la Aeronáutica
Civil abra la convocatoria con el fin de elegir a los
primeros representantes de los trabajadores en la Comisión
de Personal de la entidad.
Por medio del decreto 2285 el Departamento Administrativo
de la Función Pública reglamentó varios
artículos del decreto 790 por medio del cual
se estableció el Sistema Específico de
Carrera Administrativa en la Unidad Administrativa
Especial de la Aeronáutica Civil.
Este decreto 790 es uno de los reglamentarios de la nueva
Ley de Empleo Público que lanzó el presidente Álvaro
Uribe hace unos meses, y que será de aplicación
en las entidades oficiales.
Por la nueva ley, en las empresas oficiales habrá Comisión
de Personal que –en el caso de la Aerocivil- estará integrada
por 2 representantes designados por el Director de la
Aerocivil y uno de los empleados que será elegido
por votación directa.
Esta Comisión debe velar porque se cumplan los
procesos de selección y los concursos necesarios
para provisionar los cargos, tendrá que conocer
y decidir sobre las reclamaciones que se presenten en
esos procesos.
Según el nuevo decreto, el 2285 del 5 de julio,
el representante de los trabajadores será elegido
por un período de 3 años, tendrá suplente,
deberán ser empleados de carrera, llevar vinculados
más de un año y no haber sido sancionados
disciplinariamente dentro del año inmediatamente
anterior.
A partir de mañana 8 de julio se comienzan a contar
30 días para realizar todo el proceso de elección
de los delegados de los trabajadores a la Comisión
de Personal.
El Director de la Aerocivil definirá el día
y el objeto de las elecciones; los requisitos que deben
cumplir los aspirantes; la fecha de publicación
de las listas de candidatos, el lugar, el día
y la hora en que se abrirá y cerrará la
votación; los procedimientos para designar a los
jurados de votación; los procedimientos para los
escrutinios parciales y generales; el lugar, el día
y la hora en que se efectuará el escrutinio general
y la declaración de los elegidos.
Las inscripciones se realizarán dentro de los
10 días después de que se abra la convocatoria.
Si en ese tiempo no hay mínimo dos fórmulas
o planchas de candidatos, se prorrogará 10 días
más. Y si una vez cumplido sigue igual la situación,
se procederá a la elección pero para ser
elegidos deben tener mínimo el 51 por ciento del
total de votos válidos depositados.
Los electores sufragarán en la sede en la cual
prestan sus servicios de manera permanente. El voto será secreto,
el derecho a elegir no podrá ser delegado, las
votaciones se efectuarán en un solo día.