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7 de julio

Comienza elección de representante de los empleados

MAÑANA VENCE PLAZO PARA CONVOCAR LA COMISION DE PERSONAL EN AEROCIVIL

Bogotá, 7 jul. (SNE). - Este viernes 8 de julio vence el plazo para que el Director de la Aeronáutica Civil abra la convocatoria con el fin de elegir a los primeros representantes de los trabajadores en la Comisión de Personal de la entidad.


Por medio del decreto 2285 el Departamento Administrativo de la Función Pública reglamentó varios artículos del decreto 790 por medio del cual se estableció el Sistema Específico de Carrera Administrativa en la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil.


Este decreto 790 es uno de los reglamentarios de la nueva Ley de Empleo Público que lanzó el presidente Álvaro Uribe hace unos meses, y que será de aplicación en las entidades oficiales.


Por la nueva ley, en las empresas oficiales habrá Comisión de Personal que –en el caso de la Aerocivil- estará integrada por 2 representantes designados por el Director de la Aerocivil y uno de los empleados que será elegido por votación directa.


Esta Comisión debe velar porque se cumplan los procesos de selección y los concursos necesarios para provisionar los cargos, tendrá que conocer y decidir sobre las reclamaciones que se presenten en esos procesos.


Según el nuevo decreto, el 2285 del 5 de julio, el representante de los trabajadores será elegido por un período de 3 años, tendrá suplente, deberán ser empleados de carrera, llevar vinculados más de un año y no haber sido sancionados disciplinariamente dentro del año inmediatamente anterior.


A partir de mañana 8 de julio se comienzan a contar 30 días para realizar todo el proceso de elección de los delegados de los trabajadores a la Comisión de Personal.


El Director de la Aerocivil definirá el día y el objeto de las elecciones; los requisitos que deben cumplir los aspirantes; la fecha de publicación de las listas de candidatos, el lugar, el día y la hora en que se abrirá y cerrará la votación; los procedimientos para designar a los jurados de votación; los procedimientos para los escrutinios parciales y generales; el lugar, el día y la hora en que se efectuará el escrutinio general y la declaración de los elegidos.


Las inscripciones se realizarán dentro de los 10 días después de que se abra la convocatoria. Si en ese tiempo no hay mínimo dos fórmulas o planchas de candidatos, se prorrogará 10 días más. Y si una vez cumplido sigue igual la situación, se procederá a la elección pero para ser elegidos deben tener mínimo el 51 por ciento del total de votos válidos depositados.


Los electores sufragarán en la sede en la cual prestan sus servicios de manera permanente. El voto será secreto, el derecho a elegir no podrá ser delegado, las votaciones se efectuarán en un solo día.

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