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7 de julio

Será presidida por el Ministro de Agricultura

CREAN COMISIÓN PARA COORDINAR POLÍTICA DE VIVIENDA SOCIAL RURAL

Bogotá, 7 jul. (SNE).-El Gobierno Nacional anunció la creación de la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, que tendrá como objetivo la orientación y coordinación de la política de vivienda en este sector.


La medida fue adoptada por medio del decreto número 2243 del primero de julio de 2005, el cual establece que dicha comisión tendrá la función de orientar la ejecución de la política de Vivienda de Interés Social (VIS) rural y recomendar los ajustes pertinentes para el logro de sus metas y objetivos.


El decreto señala que otra función de la Comisión será recomendar al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural -como entidad responsable de dirigir la ejecución de la política de VIS rural- la priorización y distribución de los recursos de la Bolsa Sectorial para cada convocatoria, según la demanda de recursos que exista en cada uno de los programas sectoriales, y atendiendo las prioridades del Gobierno Nacional.


La Comisión también deberá integrar subcomisiones con sus miembros y otras personas para que se encarguen del estudio de determinados asuntos, y presentar sugerencias al respecto.


Según el decreto, la Comisión estará conformada por el Ministro de Agricultura, quien la presidirá; el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; el Director del Departamento Nacional de Planeación; el Presidente del Banco Agrario; y el Gerente General del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder).


El presidente de la Comisión podrá invitar a las reuniones a funcionarios y representantes de entidades públicas y privadas, quienes tendrán voz pero no voto.


La secretaría técnica será ejercida por la Dirección de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, o la dependencia que haga sus veces.


Entre las funciones de la secretaría se encuentran: organizar las reuniones de la Comisión y suministrar la información necesaria para estudio de la misma; elaborar las actas de cada reunión; y preparar y coordinar la elaboración de documentos técnicos que serán presentados para estudio o aprobación del grupo.


La Comisión se reunirá por convocatoria de su presidente de forma ordinaria cada seis meses. Extraordinariamente se podrá reunir cuando la convoque su presidente o tres de sus miembros, siempre y cuando esa convocatoria se haga con no menos de dos días calendario, indicando los asuntos que se tratarán en la reunión.

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