Al Congreso de la República
GOBIERNO DEVUELVE 3 LEYES POR INCUMPLIR REQUISITOS FISCALES
Bogotá, 26 jul. (SNE).- El Gobierno Nacional devolvió al
Congreso de la República tres proyectos de ley aprobados
por en el anterior periodo legislativo por razones de inconstitucionalidad
y por no contar con el análisis de impacto fiscal
dispuesto en la Ley 819 de 2003.
Se trata del proyecto de Ley 056 de 2003 Cámara
- 60 de 2004 Senado “por medio de la cual la Nación
se asocia a la celebración del Primer Centenario
de la Fundación del Municipio de Gómez Plata
en el departamento de Antioquia y se dictan otras disposiciones”.
El proyecto de ley 162 de 2003 Cámara – 172
de 2004 Senado, “por medio del cual se autorizan
apropiaciones presupuestales para la ejecución de
obras en el municipio de Caicedonia, departamento del Valle
del Cauca, con motivo de la vinculación de la Nación
y el Congreso de la República al primer centenario
de su Fundación”. Y el proyecto de ley 216
de 2004 Cámara – 65 de 2004 Senado, “Por
medio de la cual se declara patrimonio cultural de la Nación
en las fiestas patronales de San Francisco de Asis, en
el municipio de Quibdó, departamento del Chocó y
se dictan otras disposiciones”.
De acuerdo con la comunicación enviada por la Secretaría
Jurídica de la Presidencia de la República
a la Cámara de Representantes, leyes como las señaladas
deberán incluir el análisis de los costos
fiscales de la iniciativa, la fuente de ingreso adicional
generada para el financiamiento que demandan las obras
señaladas en el proyecto, además de mostrar
la compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo
presentado por el Ministerio de Hacienda, -como lo establece
la ley 819 de 2003-.
En el caso del proyecto de ley sobre el municipio de Gómez
Plata, se encontró que la mencionada legislación “no
señaló el costo de las obras a ejecutar y
omitió precisar la fuente de ingreso adicional para
financiar dichos costos, tampoco incluyó el análisis
de su compatibilidad con el marco fiscal de mediano plazo
(…) en consecuencia, no cumplió con los requisitos
establecidos en las disposiciones de carácter orgánico
aludidas”
Las mismas consideraciones fueron señaladas por
la Secretaría Jurídica al devolver la ley
referente a Quibdo, en Chocó.
En el caso de la ley relacionada con Caicedonia, la argumentación
para la devolución al Congreso de la República
señala que si bien el proyecto de Ley cuantificó el
valor de las obras a ejecutar, no incluyó la fuente
de ingreso adicional para financiarlos ni el análisis
de su compatibilidad con el marco fiscal de mediano plazo.