Sólo podrán subir igual que
la inflación
PROYECTO PARA RESTABLECER TARIFAS DEL DAS, PASA EN PRIMER
DEBATE
Bogotá, 2 jun (SNE). En sesión conjunta,
las Comisiones Terceras del Senado y la Cámara
de Representantes aprobaron, en primer debate, el proyecto
por medio del cual se le restablece al Departamento Administrativo
de Seguridad (DAS) la facultad para cobrar las tarifas
por los servicios que presta.
De acuerdo con el texto aprobado,
el DAS únicamente
podrá incrementar las tarifas por los servicios
que presta en un porcentaje igual al incremento en el Índice
de Precios al Consumidor (IPC), y las podrá reducir
en la medida en que tenga ahorros por la implementación
de nuevas tecnologías en la expedición
de los trámites.
El director del DAS, Jorge Noguera,
indicó que
no se cobrará ningún nuevo servicio ni
se aumentarán las tarifas con respecto a las que
estaban vigentes antes de marzo de 2005, cuando una sentencia
de la Corte Constitucional tumbó los cobros que
venía haciendo la entidad, ya que, en su consideración,
este “se debe hacer con base en una ley y no con
un decreto”.
Por ese fallo, el DAS dejó de
recaudar 5 mil millones de pesos mensuales por los
servicios que presta.
En la exposición de motivos del proyecto, el
Ministerio de Hacienda afirma que por el fallo proferido
por la Corte Constitucional, el DAS dejará de
recibir 34.176 millones de pesos por la expedición
de los certificados judiciales, ya que a marzo de 2005
ya se habían recaudado 13.927 millones de pesos.
De acuerdo con las estimaciones
del DAS, con la expedición
de los certificados judiciales se recaudaron 37.138 millones
de pesos en el año 2004. En total se expidieron
un millón 360.368 unidades cada una a 27.300 pesos.
El DAS calcula que en los últimos 5 años
la expedición de los certificados judiciales ha
aumentado en un 32 por ciento.
EL ARTICULADO
La iniciativa tiene 6 artículos y en ellos se
señala el objetivo, los servicios por los cuales
se venía cobrando y se seguirá cobrando
y cuánto deben subir las tarifas.
En el caso de los servicios por
los que el DAS cobrará el
proyecto menciona seis:
- La expedición física o electrónica
del certificado de antecedentes judiciales y sus renovaciones
las cuales deben hacerse anualmente.
- La expedición de la cédula de extranjería.
- La prórroga de permanencia
en el territorio nacional de los extranjeros que se
les otorga visa.
- La expedición de salvoconductos de permanencia
y salida del país.
- El registro de extranjeros.
- La certificación sobre
movimientos migratorios de nacionales y extranjeros.
Las Comisiones Conjuntas agregaron
dos items nuevos sobre los servicios que se deben cobrar.
El primero,
en el caso del llamado Certificado o Pasado Judicial
y sus renovaciones, aprobaron que su vigencia sea de
un año.
Y segundo, en cuanto a la disponibilidad
electrónica
de información sobre los antecedentes judiciales
de una persona que quiera ser consultada por terceras
personas, se cobrará una tasa al interesado.
Con relación a cómo serán los incrementos
en las tarifas, las Comisiones Conjuntas adicionaron
los siguientes parágrafos al artículo 4°:
“En ningún caso las tarifas por los servicios
de que trata la presente ley podrán superar a
las que venía cobrando el DAS el 17 de marzo de
2005 incrementadas cada año a partir del 1° de
enero de 2006, en el Índice de Precios al Consumidor
(IPC) del año inmediatamente anterior certificado
por el DANE”.
Así mismo se aprobó el siguiente parágrafo:
“En atención a los principios establecidos
en el artículo 2°, las tarifas establecidas
por los servicios de que trata la presente ley, se deberán
reducir proporcionalmente al ahorro que la tecnología
de punta le signifique una vez el DAS las adopte, que
garantice la eficiente prestación de sus servicios”.