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MINCOMERCIO REGLAMENTA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS DONADOS

Bogotá, 13 jun. (SNE).- El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del Comité de Importaciones, reglamentó la importación de vehículos usados, donados por entidades públicas o privadas.

De acuerdo con el Ministerio, sólo se aceptarán ambulancias, buses o busetas y vehículos de bomberos usados que no tengan una vida superior a 15 años.

La autorización de las solicitudes de licencia previa de importación de estos automotores que se deberán destinar a las entidades territoriales o a cualquier entidad pública nacional y territorial se condiciona al cumplimiento de cuatro requisitos.

El primero de ellos es que la donación sea otorgada por entidades extranjeras públicas o privadas, el segundo es que la entidad receptora de la donación disponga de los recursos necesarios para cubrir los gastos que ocasiona su ingreso al país y su traslado al sitio donde se va utilizar.

Los otros dos requisitos tienen que ver con que los vehículos donados se destinen a cumplir una función en la zona de influencia de la entidad importadora, y que los vehículos no tengan más de tres lustros de vida.

Así mismo, el decreto 1676 de este año, establece que estos vehículos importados tendrán una disposición restringida mientras sean usados por la entidad importadora.

“No podrán ser enajenados y al final de su vida útil serán chatarrizados, previo el cumplimiento de los requisitos formales establecidos. Los vehículos así importados sólo podrán entregarse en comodato a las entidades territoriales o a las entidades públicas nacionales y territoriales”, explica el Ministerio en el decreto.

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