MINCOMERCIO
REGLAMENTA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS DONADOS
Bogotá, 13 jun. (SNE).- El Ministerio de Comercio,
Industria y Turismo, a través del Comité de
Importaciones, reglamentó la importación
de vehículos usados, donados por entidades públicas
o privadas.
De acuerdo con el Ministerio,
sólo se aceptarán
ambulancias, buses o busetas y vehículos de bomberos
usados que no tengan una vida superior a 15 años.
La autorización de las solicitudes de licencia
previa de importación de estos automotores que
se deberán destinar a las entidades territoriales
o a cualquier entidad pública nacional y territorial
se condiciona al cumplimiento de cuatro requisitos.
El primero de ellos es que la
donación sea otorgada
por entidades extranjeras públicas o privadas,
el segundo es que la entidad receptora de la donación
disponga de los recursos necesarios para cubrir los gastos
que ocasiona su ingreso al país y su traslado
al sitio donde se va utilizar.
Los otros dos requisitos tienen
que ver con que los vehículos donados se destinen a cumplir una función
en la zona de influencia de la entidad importadora, y
que los vehículos no tengan más de tres
lustros de vida.
Así mismo, el decreto 1676 de este año,
establece que estos vehículos importados tendrán
una disposición restringida mientras sean usados
por la entidad importadora.
“No podrán ser enajenados y al final de
su vida útil serán chatarrizados, previo
el cumplimiento de los requisitos formales establecidos.
Los vehículos así importados sólo
podrán entregarse en comodato a las entidades
territoriales o a las entidades públicas nacionales
y territoriales”, explica el Ministerio en el decreto.