Del
1 de julio al 31 de octubre de este año
TASA DE
INTERÉS POR MORA EN EL PAGO DE IMPUESTOS
SERÁ DE 24,58% ANUAL
Bogotá, 16 jun. (SNE).- De acuerdo con el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, la tasa
de interés moratorio para efectos tributarios,
es decir el costo por la mora en el pago de los impuestos,
que regirá entre el 1 de julio y el 31 de octubre
de este año será de 24,58 por ciento anual.
Esta tasa de interés, definida con base en la
certificación expedida por la Superintendencia
Bancaria, se liquidará por cada día calendario
de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones
administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales (DIAN).
Es decir, que la totalidad de los intereses de mora
que se paguen durante este período de tiempo (entre
julio y octubre) se liquidará con una tasa de
24,58 por ciento anual.
Esa también será la tasa de interés
que regirá en ese mismo lapso de tiempo para las
devoluciones que se realicen.
Estas determinaciones del Ministerio de Hacienda quedaron
en firme con el decreto 2000 del 15 de junio de 2005
y teniendo en cuenta los artículos 635, 863 y
864 del Estatuto Tributario, así como las certificaciones
expedidas por la Superbancaria.