Junio de 2005

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16 de junio
Del 1 de julio al 31 de octubre de este año

TASA DE INTERÉS POR MORA EN EL PAGO DE IMPUESTOS SERÁ DE 24,58% ANUAL

Bogotá, 16 jun. (SNE).- De acuerdo con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la tasa de interés moratorio para efectos tributarios, es decir el costo por la mora en el pago de los impuestos, que regirá entre el 1 de julio y el 31 de octubre de este año será de 24,58 por ciento anual.

Esta tasa de interés, definida con base en la certificación expedida por la Superintendencia Bancaria, se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Es decir, que la totalidad de los intereses de mora que se paguen durante este período de tiempo (entre julio y octubre) se liquidará con una tasa de 24,58 por ciento anual.

Esa también será la tasa de interés que regirá en ese mismo lapso de tiempo para las devoluciones que se realicen.

Estas determinaciones del Ministerio de Hacienda quedaron en firme con el decreto 2000 del 15 de junio de 2005 y teniendo en cuenta los artículos 635, 863 y 864 del Estatuto Tributario, así como las certificaciones expedidas por la Superbancaria.

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