Recorta cerca de 80 trámites,
reduciendo tiempo y dinero
‘LEY ANTITRÁMITES’ PASÓ A
SANCIÓN PRESIDENCIAL
Bogotá, 17 jun. (SNE).- La Ley Antitrámites
que busca reducir buena parte de los trámites
y procedimientos que las personas jurídicas
y naturales deben hacer ante diferentes entidades del
Estado, terminó este viernes su curso en el
Congreso de la República y quedó en manos
del Presidente de la República para ser sancionada.
Esta Ley busca aumentar la eficiencia del Estado,
recortando cerca de 80 trámites que se deben
realizar en las diferentes entidades y reduciendo tiempo
en otros. La legislación busca crear mayor celeridad,
economía, eficacia e imparcialidad en trámites.
Además, prohíbe la exigencia de requisitos
adicionales para el ejercicio de derechos o actividades
que hayan sido reglamentadas de manera general por
la Ley.
La importancia de esta Ley radica en que muchos de
los trámites que los ciudadanos realizaban en
las diferentes entidades del Estado, requerían
de una gran inversión de tiempo y dinero, lo
cual en muchos de los casos se convertía en
un obstáculo para llegar a la finalidad de la
diligencia.
La creación de una Ley de esta magnitud era
una necesidad para el país, si se tiene en cuenta
que es una obligación tener –cada día-
un Estado más eficaz y transparente en la gestión
pública.
¿EN QUÉ CAMBIAN LOS TRÁMITES?
DIVORCIO EN NOTARIAS
Al existir acuerdo entre cónyuges, el divorcio
se podrá hacer ante un notario a través
de escritura pública. Hoy en día solo
se puede hacer ante un juez de familia.
El proyecto establece que las personas casadas mediante
vínculo religioso podrán efectuar la
cesación de los efectos civiles ante la notaría.
Esto les permitirá volverse a casar por lo civil,
pues deberán tramitar la separación ante
la iglesia.
CADUCIDAD REGISTRO CIVIL
Las copias del registro civil serán válidas
sin importar la fecha de su expedición. Como
excepción se establecen los trámites
de pensión, de afiliación a la seguridad
social, riesgos profesionales y la celebración
del matrimonio. En la actualidad los duplicados del
registro civil tienen un valor de $5.000 cada uno y
en algunas entidades solicitan que este documento no
tenga más de 30 días de haber sido expedido.
La Ley también establece que en los lugares
donde no haya sede de la Registraduría, los
alcaldes, gobernadores o notarios, tendrán la
facultad de expedir el documento.
DECLARACIONES EXTRAJUICIO
Una declaración extrajuicio tiene en la actualidad
un valor de $8.500 pesos en cualquier notaria del país.
Con la nueva Ley esta exigencia queda eliminada para
determinados casos, las declaraciones extrajuicio y
la autorización que entregan autoridades administrativas
para el pago parcial de las cesantías.
COMPROBANTES ANTERIORES
En lo que respecta a los pagos que deben efectuarse
ante la Administración Pública, el proyecto
de Ley prohíbe la exigencia de comprobantes
de pagos anteriores, como condición para aceptar
un nuevo pago.
En el proyecto se exceptúa cuando esto implique
la compensación de deudas con saldos a favor
de la persona, o pagos en exceso. También se
excluyen las comprobaciones relacionadas con el pago
al sistema de seguridad social.
SUPRIMEN SELLOS
Queda prohibida la utilización de sellos en
desarrollo de muchas de las diligencias oficiales.
El proyecto establece en las diferentes actuaciones
de la Administración Pública, intervengan
o no los particulares, la prohibición del uso
de sellos en el otorgamiento o trámite de documentos.
Se exceptúan los que se requieran por motivos
de seguridad, como el pasado judicial. La firma y la
denominación del cargo serán información
suficiente para la expedición del documento
respectivo.
FORMULARIOS GRATIS
Todas las entidades del Estado deberán habilitar
los mecanismos necesarios para disponer, de manera
oportuna y gratuita, el formato definido para cumplir
con la obligaciones, utilizando para el efecto formas
impresas, magnéticas o electrónicas.
Se reglamentará el desmonte progresivo de los
cobros por los formularios.
Se excluyen los formularios relacionados con el proceso
de contratación estatal y el acceso a la educación
pública. Actualmente se paga, entre otros, por
los formularios de declaración de renta e Industria
y Comercio.
IDENTIFICACIÓN ÚNICA (Nuip)
La Ley establece la creación del Número Único
de Identificación Personal (Nuip), el cual será asignado
a los colombianos por la Registraduría Nacional
en el momento de la inscripción del registro
civil.
Este número identificará a las personas
desde su nacimiento hasta su muerte. Será el
mismo en el registro civil, la tarjeta de identidad,
la cédula, la libreta militar (en el caso de
los hombres), la licencia de conducción y carnés
de seguridad social.
ERRORES DECLARACIÓN DE RENTA
Frente a los errores en que incurren los declarantes
de renta, las correcciones se podrán realizar
sin que sea necesario pagar multas. Cuando en la verificación
del cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes,
o agentes de retención de tributos, se detecten
inconsistencias en el diligenciamiento de los formularios,
tales como omisiones o errores en el concepto del impuesto
que se cancele o en el período gravable, se
podrán corregir de oficio o a solicitud de la
persona, sin que sea sancionada.
DELEGAR NOTIFICACIONES
Cualquier persona, natural o jurídica, que
requiera notificarse de un acto administrativo, podrá delegar
a un tercero para dicho trámite. Deberá hacerlo
mediante un poder, el cual no necesita de la presentación
personal. Actualmente dicha notificación se
exige en las resoluciones que conceden una pensión,
una licencia para una obra, o una licencia ambiental,
entre otros.
ATENCIÓN PARA TODOS
Las entidades estatales no podrán suspender
la atención al público hasta tanto hayan
atendido a todos los usuarios que permanezcan en la
respectiva dependencia a la hora del cierre. Con esto
se busca evitar que algunas dependencias suspendan
la atención de la gente con el argumento del
horario. Igualmente, se determina que este deberá tener
una duración mínima de ocho horas.
El proyecto también simplifica los requisitos
para la homologación de estudios en el exterior
y determina el pago en un solo lugar de las multas
impuestas por inmovilización de vehículos,
entre otros.