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17 de junio
Recorta cerca de 80 trámites, reduciendo tiempo y dinero

‘LEY ANTITRÁMITES’ PASÓ A SANCIÓN PRESIDENCIAL

Bogotá, 17 jun. (SNE).- La Ley Antitrámites que busca reducir buena parte de los trámites y procedimientos que las personas jurídicas y naturales deben hacer ante diferentes entidades del Estado, terminó este viernes su curso en el Congreso de la República y quedó en manos del Presidente de la República para ser sancionada.

Esta Ley busca aumentar la eficiencia del Estado, recortando cerca de 80 trámites que se deben realizar en las diferentes entidades y reduciendo tiempo en otros. La legislación busca crear mayor celeridad, economía, eficacia e imparcialidad en trámites.

Además, prohíbe la exigencia de requisitos adicionales para el ejercicio de derechos o actividades que hayan sido reglamentadas de manera general por la Ley.

La importancia de esta Ley radica en que muchos de los trámites que los ciudadanos realizaban en las diferentes entidades del Estado, requerían de una gran inversión de tiempo y dinero, lo cual en muchos de los casos se convertía en un obstáculo para llegar a la finalidad de la diligencia.

La creación de una Ley de esta magnitud era una necesidad para el país, si se tiene en cuenta que es una obligación tener –cada día- un Estado más eficaz y transparente en la gestión pública.

¿EN QUÉ CAMBIAN LOS TRÁMITES?

DIVORCIO EN NOTARIAS

Al existir acuerdo entre cónyuges, el divorcio se podrá hacer ante un notario a través de escritura pública. Hoy en día solo se puede hacer ante un juez de familia.

El proyecto establece que las personas casadas mediante vínculo religioso podrán efectuar la cesación de los efectos civiles ante la notaría.
Esto les permitirá volverse a casar por lo civil, pues deberán tramitar la separación ante la iglesia.

CADUCIDAD REGISTRO CIVIL

Las copias del registro civil serán válidas sin importar la fecha de su expedición. Como excepción se establecen los trámites de pensión, de afiliación a la seguridad social, riesgos profesionales y la celebración del matrimonio. En la actualidad los duplicados del registro civil tienen un valor de $5.000 cada uno y en algunas entidades solicitan que este documento no tenga más de 30 días de haber sido expedido.

La Ley también establece que en los lugares donde no haya sede de la Registraduría, los alcaldes, gobernadores o notarios, tendrán la facultad de expedir el documento.

DECLARACIONES EXTRAJUICIO

Una declaración extrajuicio tiene en la actualidad un valor de $8.500 pesos en cualquier notaria del país. Con la nueva Ley esta exigencia queda eliminada para determinados casos, las declaraciones extrajuicio y la autorización que entregan autoridades administrativas para el pago parcial de las cesantías.

COMPROBANTES ANTERIORES

En lo que respecta a los pagos que deben efectuarse ante la Administración Pública, el proyecto de Ley prohíbe la exigencia de comprobantes de pagos anteriores, como condición para aceptar un nuevo pago.

En el proyecto se exceptúa cuando esto implique la compensación de deudas con saldos a favor de la persona, o pagos en exceso. También se excluyen las comprobaciones relacionadas con el pago al sistema de seguridad social.

SUPRIMEN SELLOS

Queda prohibida la utilización de sellos en desarrollo de muchas de las diligencias oficiales. El proyecto establece en las diferentes actuaciones de la Administración Pública, intervengan o no los particulares, la prohibición del uso de sellos en el otorgamiento o trámite de documentos. Se exceptúan los que se requieran por motivos de seguridad, como el pasado judicial. La firma y la denominación del cargo serán información suficiente para la expedición del documento respectivo.

FORMULARIOS GRATIS

Todas las entidades del Estado deberán habilitar los mecanismos necesarios para disponer, de manera oportuna y gratuita, el formato definido para cumplir con la obligaciones, utilizando para el efecto formas impresas, magnéticas o electrónicas.

Se reglamentará el desmonte progresivo de los cobros por los formularios.

Se excluyen los formularios relacionados con el proceso de contratación estatal y el acceso a la educación pública. Actualmente se paga, entre otros, por los formularios de declaración de renta e Industria y Comercio.

IDENTIFICACIÓN ÚNICA (Nuip)

La Ley establece la creación del Número Único de Identificación Personal (Nuip), el cual será asignado a los colombianos por la Registraduría Nacional en el momento de la inscripción del registro civil.

Este número identificará a las personas desde su nacimiento hasta su muerte. Será el mismo en el registro civil, la tarjeta de identidad, la cédula, la libreta militar (en el caso de los hombres), la licencia de conducción y carnés de seguridad social.

ERRORES DECLARACIÓN DE RENTA

Frente a los errores en que incurren los declarantes de renta, las correcciones se podrán realizar sin que sea necesario pagar multas. Cuando en la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, o agentes de retención de tributos, se detecten inconsistencias en el diligenciamiento de los formularios, tales como omisiones o errores en el concepto del impuesto que se cancele o en el período gravable, se podrán corregir de oficio o a solicitud de la persona, sin que sea sancionada.

DELEGAR NOTIFICACIONES

Cualquier persona, natural o jurídica, que requiera notificarse de un acto administrativo, podrá delegar a un tercero para dicho trámite. Deberá hacerlo mediante un poder, el cual no necesita de la presentación personal. Actualmente dicha notificación se exige en las resoluciones que conceden una pensión, una licencia para una obra, o una licencia ambiental, entre otros.

ATENCIÓN PARA TODOS

Las entidades estatales no podrán suspender la atención al público hasta tanto hayan atendido a todos los usuarios que permanezcan en la respectiva dependencia a la hora del cierre. Con esto se busca evitar que algunas dependencias suspendan la atención de la gente con el argumento del horario. Igualmente, se determina que este deberá tener una duración mínima de ocho horas.

El proyecto también simplifica los requisitos para la homologación de estudios en el exterior y determina el pago en un solo lugar de las multas impuestas por inmovilización de vehículos, entre otros.

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