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Ordena decreto que reglamenta carrera administrativa

ESTUDIO DE SEGURIDAD SE HARÁ A LOS EMPLEADOS DE LA AEROCIVIL

Bogotá, 29 mar (SNE). A los empleados que sean seleccionados en la Aeronáutica Civil se les realizará un estudio reservado de seguridad, previo a su nombramiento en la entidad.

Así lo ordena el decreto 790 del 17 de marzo por medio del cual el Departamento Administrativo de la Función Pública reglamentó el Sistema Específico de Carrera Administrativa en la Aerocivil.

El decreto crea el Consejo Administrador de este Sistema, que estará conformado por el secretario general de la Aerocivil, el secretario de sistemas operacionales y un representante de los empleados por 3 años, que lleve mínimo un año y no haya sido objeto de sanción disciplinaria. En 4 meses se deberá crear este Consejo.

Este Consejo realizará las convocatorias a concurso, los procesos de selección, los instrumentos de evaluación, organizará el registro público de los empleados, resolverá en primera instancia las reclamaciones, entre otras funciones.

También crea una Comisión de Personal integrada por dos representantes del director y uno de los empleados escogido por votación directa.

Habrá empleados de libre nombramiento y los de carrera y éstos últimos serán clasificados entre cuerpo administrativo y cuerpo aeronáutico.

El ingreso y el ascenso de los empleados se realizará a través de procesos de selección abiertos, con aplicación de metodologías basadas en criterios objetivos, todos los ciudadanos que cumplan los requisitos podrán participar.

Las etapas de los procesos de selección serán: convocatoria, divulgación, reclutamiento, pruebas, lista de elegibles y un período de prueba de 3 meses.

La provisión de cargos se hará por concurso de méritos a través de nombramientos en períodos de prueba y ascensos.

EVALUACIONES

Las evaluaciones que se hagan a los empleados serán el resultado de dos evaluaciones semestrales, con base en parámetros establecidos.

Contra esas calificaciones proceden recursos de reposición y apelación.

Entre las causales de retiro están la insubsistencia por nombramiento por mala calificación; la renuncia aceptada; por pensión; por invalidez absoluta; por no aprobar dos veces el curso de formación específica considerado como requisito para ascender dentro del cuerpo aeronáutico.

También por no superar en dos ocasiones el proceso de habilitación en el puesto de trabajo conforme a lo establecido en la reglamentación internacional y en el Reglamento Aeronáutico Colombiano; por la cancelación del certificado médico dado por la dirección de medicina de aviación.

La Aerocivil tendrá un año para convocar y llenar los empleos de carrera que haya en forma provisional o por encargo.

 

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