Fija términos a procesos de concurso
y selección
DEFINIDO SISTEMA DE CARRERA ADMINISTRATIVA PARA LA DIAN
Bogotá, 29 mar (SNE). El Gobierno Nacional definió el
Sistema Específico de Carrera Administrativa que
se aplicará a los empleados de la Dirección
de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a través
del decreto 765 del 17 de marzo pasado.
Ese 17 de marzo el presidente Álvaro Uribe anunció en
rueda de prensa que entidades como la DIAN, la Aerocivil,
las superintendencias y la Presidencia de la República,
tendrán sistemas especiales de ingreso y de ascenso
para el personal, debido a las labores que realizan.
En el caso de la DIAN, el mencionado
decreto señala
que el servicio público esencial que se realiza
allí tiene como objeto garantizar la seguridad
fiscal del Estado, la protección del orden público
económico en condiciones de equidad, transparencia
y legalidad, mediante la administración de las
obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias y de
comercio exterior.
La DIAN tendrá empleados públicos de libre
nombramiento y remoción, de carrera y supernumerarios.
La carrera administrativa de
esta entidad es un sistema técnico específico basado en el mérito,
ofrece igualdad de oportunidades para el ingreso, la
permanencia, la promoción, el retiro, la formación
y capacitación.
Su objetivo es la debida prestación del servicio
fiscal, el fortalecimiento institucional con miras al
logro de resultados efectivos en el recaudo, la gestión
tributaria, aduanera y cambiaria.
Son empleados de libre nombramiento
y remoción
el director general, los directores de Impuestos, de
Aduanas, de Policía Fiscal y Aduanera, los secretarios,
jefes de oficina, directores regionales, entre otros.
DOS COMISIONES
El decreto crea la Comisión del Sistema Específico
de Carrera Administrativa de la DIAN, que estará conformada
por un designado del director general, un asesor del
director, dos delegados de los empleados elegidos mediante
votación entre ellos mismos.
Esa Comisión tendrá funciones como proponer
las medidas y recomendaciones para garantizar la aplicación
de la ley, velar porque los empleos se provean en orden
de prioridad, conocer y resolver las reclamaciones por
presuntas irregularidades, adelantar acciones de verificación
y control de los procesos de selección, entre
otros.
También crea la Comisión de Personal integrada
por dos representantes del director general y dos delegados
de los empleados de carrera seleccionados por votación
directa, universal y secreta, por un período de
2 años.
Las funciones de esta Comisión serán las
de vigilar los procesos de selección y valoración
del desempeño laboral, solicitar excluir de las
listas de elegibles a quienes hubieren sido incluidos
sin llenar los requisitos, conocer y decidir en primera
instancia sobre las reclamaciones.
La DIAN debe diseñar el
perfil del rol de cada empleo, es decir los objetivos,
mediciones y metas de
cada uno.
Los empleos de libre nombramiento
y remoción
y de carrera serán provistos por nombramiento
ordinario por el director general, pero en el segundo
caso de acuerdo con los resultados de los procesos de
selección.
Primero habrá un período de prueba de
6 meses y los nombramientos podrán ser por ascenso,
encargo o provisional.
Los provisionales no podrán ser por períodos
mayores de 6 meses no prorrogables y serán por
proceso de selección siempre y cuando no se haya
podido nombrar un encargado.
Cuando se trate de un ascenso,
el período de
prueba también será de 6 meses.
Si se presenta una vacante, el
orden para ser cubierta será: primero, se tendrá en cuenta a la
persona cuyo reintegro haya sido ordenado por decisión
judicial; segundo, con el personal al que se le haya
suprimido el cargo y haya optado por la reincorporación;
tercero, por quien haya renunciado con posibilidad de
reingreso; cuarto, con el primero en la lista de elegibles
por concurso de ascenso, y quinto por el primero en la
lista de elegibles por concurso abierto.
CONCURSO Y SELECCIÓN
El objetivo del proceso de selección es garantizar
el libre ingreso y ascenso del personal idóneo
a los empleos públicos con fundamento en el mérito
y la participación en igualdad de condiciones
de quienes demuestren tener los requisitos exigidos.
En la selección habrá: convocatoria, divulgación,
reclutamiento, aplicación de pruebas, lista de
elegibles y la vinculación de personal en período
de prueba.
El proceso deberá anunciarse por la página
web de la DIAN y de las entidades contratadas para adelantarlo,
sean universidades públicas o privadas, el Icfes
o instituciones de educación superior acreditadas.
Se inscribirá el mayor número posible de
aspirantes, se determinará el número de
pruebas a aplicar, si hay o no entrevistas, y si se requieren
complementos especiales.
Si durante los 6 meses que dura
el período de
prueba el empleado no pasa la evaluación, será retirado
en forma inmediata. Y si pasa ingresa al Sistema Específico
de Carrera Administrativa.
Entre los concursos habrá concursos abiertos
y de ascenso. En los dos podrán participar todas
las personas que cumplan los requisitos. A los que ya
estén inscritos en la carrera se les reconocerá la
experiencia, la eficiencia, el cumplimiento que hayan
tenido.
La evaluación del desempeño es la valoración
de la gestión individual y será realizada
de forma transparente, sistemática y periódica
y medirá los logros, competencias, actitudes y
habilidades de cada empleado.
El resultado de la evaluación será la
calificación correspondiente a un año en
el cual se pueden hacer evaluaciones parciales. Las calificaciones
serán notificadas personalmente y procederán
recursos de reposición y apelación.
Entre las causales de retiro
señaladas en el
decreto 765 están: la insubsistencia por mal resultado
en la evaluación; razones de servicio; renuncia
aceptada; por pensión; por invalidez absoluta;
por edad de retiro forzoso; por destitución ordenada
en proceso disciplinario.
También por declaratoria de vacancia en caso
de abandono; por revocatoria de nombramiento por no acreditar
los requisitos; por orden judicial; por supresión
del empleo; por muerte, y por renuncia con posibilidad
de reingreso.
La DIAN tendrá 6 meses para reglamentar su Sistema
Específico de Carrera.