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12 de mayo

UNIFICADAS FECHAS DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

Bogotá, 12 may. (SNE). - Las fechas de pago de los aportes por los trabajadores al Sistema de Seguridad Social y a los llamados parafiscales, fueron unificadas tanto para las que se paguen en papel como las que se hagan por medios electrónicos.

Así lo decidió el decreto 1464 del 10 de mayo de 2005 expedido por el Ministerio de la Protección Social.

Esta decisión y la de unificar en un solo formulario o planilla integrada el pago de los aportes a pensiones, salud, riesgos profesionales, al SENA, al Bienestar Familiar, a las cajas de compensación familiar, a la ESAP, a las escuelas industriales e institutos técnicos, tiene dos objetivos: facilitar los aportes y pagos a los empresarios disminuyendo el papeleo que deben hacer y atacar la evasión y elusión en estos rubros.

El decreto 1464 complementa el régimen de recaudación de los aportes que financian el Sistema de Seguridad Social, establecido por medio del decreto 1406 de 1999.

En los artículos 15, 16, 17, 18, 20, 21 y 24, el decreto 1406 reglamenta la clasificación de aportantes o empresarios en grandes, pequeños e independientes, según el número de trabajadores vinculados por contrato de trabajo o como trabajadores independientes.

El aportante deberá clasificarse al momento de la presentación de la primera autoliquidación de aportes ya sea a pensiones, la EPS y a riesgos profesionales.

De acuerdo con la clasificación de los aportantes los pagos se efectuarán de acuerdo con el último dígito del número del NIT o cédula respectiva, en el día que allí se indica.

Ahora el decreto 1464 expedido el 10 de mayo de 2005 lo que decide es que estas fechas que se aplican a pensiones, EPS o ARP, también se tengan en cuenta para los aportes que deben hacer las empresas al Bienestar Familiar, al SENA, a las cajas de compensación familiar, a la ESAP, a las escuelas industriales, a los institutos técnicos de cualquier orden nacional, departamental e intendencial.

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