UNIFICADAS
FECHAS DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
Bogotá, 12 may. (SNE). - Las fechas de pago de
los aportes por los trabajadores al Sistema de Seguridad
Social y a los llamados parafiscales, fueron unificadas
tanto para las que se paguen en papel como las que se
hagan por medios electrónicos.
Así lo decidió el decreto 1464 del 10
de mayo de 2005 expedido por el Ministerio de la Protección
Social.
Esta decisión y la de unificar en un solo formulario
o planilla integrada el pago de los aportes a pensiones,
salud, riesgos profesionales, al SENA, al Bienestar Familiar,
a las cajas de compensación familiar, a la ESAP,
a las escuelas industriales e institutos técnicos,
tiene dos objetivos: facilitar los aportes y pagos a
los empresarios disminuyendo el papeleo que deben hacer
y atacar la evasión y elusión en estos
rubros.
El decreto 1464 complementa el
régimen de recaudación
de los aportes que financian el Sistema de Seguridad
Social, establecido por medio del decreto 1406 de 1999.
En los artículos 15, 16, 17, 18, 20, 21 y 24,
el decreto 1406 reglamenta la clasificación de
aportantes o empresarios en grandes, pequeños
e independientes, según el número de trabajadores
vinculados por contrato de trabajo o como trabajadores
independientes.
El aportante deberá clasificarse al momento de
la presentación de la primera autoliquidación
de aportes ya sea a pensiones, la EPS y a riesgos profesionales.
De acuerdo con la clasificación de los aportantes
los pagos se efectuarán de acuerdo con el último
dígito del número del NIT o cédula
respectiva, en el día que allí se indica.
Ahora el decreto 1464 expedido
el 10 de mayo de 2005 lo que decide es que estas fechas
que se aplican a pensiones,
EPS o ARP, también se tengan en cuenta para los
aportes que deben hacer las empresas al Bienestar Familiar,
al SENA, a las cajas de compensación familiar,
a la ESAP, a las escuelas industriales, a los institutos
técnicos de cualquier orden nacional, departamental
e intendencial.