Se les reconocerá sus
vacaciones en proporción del tiempo laborado
APLICAN IGUALDAD EN PAGO DE VACACIONES
A TRABAJADORES PÚBLICOS
Y PRIVADOS
Bogotá, 15 nov. (SNE).- En aplicación del principio
de igualdad, los empleados públicos y los trabajadores oficiales
que cesen en sus funciones o hayan terminado sus contratos de trabajo
sin que hubieren causado las vacaciones por año cumplido,
tendrán el mismo régimen de los trabajadores privados:
es decir que se les reconocerá sus vacaciones en proporción
al tiempo laborado y no tendrán que esperar 11 meses para
tal reconocimiento.
Así quedó establecido en la Ley 995 de noviembre
de 2005, que fue sancionada por el presidente Álvaro Uribe
Vélez y que, en aplicación al principio de igualdad,
establece que los empleados públicos, los trabajadores oficiales
y los trabajadores del sector privado tendrán el mismo régimen,
cuando se trate del reconocimiento de vacaciones en caso de retiro
del servicio o terminación del contrato de trabajo.
Al respecto el Artículo Primero de la nueva Ley 995 señala: “Del
reconocimiento de vacaciones en caso de retiro del servicio o terminación
del contrato de trabajo. Los empleados públicos, trabajadores
oficiales y trabajadores del sector privado que cesen en sus funciones
o hayan terminado sus contratos de trabajo, sin que hubieren causado
las vacaciones por año cumplido, tendrán derecho
a que éstas se les reconozcan y compensen en dinero proporcionalmente
por el tiempo efectivamente trabajado”.
La Ley 995 rige a partir de su sanción y deroga las normas
que le sean contrarias, en especial el artículo 21 del Decreto
1045 de 1978 y el numeral 2 del artículo 189 del Código
Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 27 de
la Ley 789 de 2002. |