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Se les reconocerá sus vacaciones en proporción del tiempo laborado

APLICAN IGUALDAD EN PAGO DE VACACIONES A TRABAJADORES PÚBLICOS Y PRIVADOS

Bogotá, 15 nov. (SNE).- En aplicación del principio de igualdad, los empleados públicos y los trabajadores oficiales que cesen en sus funciones o hayan terminado sus contratos de trabajo sin que hubieren causado las vacaciones por año cumplido, tendrán el mismo régimen de los trabajadores privados: es decir que se les reconocerá sus vacaciones en proporción al tiempo laborado y no tendrán que esperar 11 meses para tal reconocimiento.

Así quedó establecido en la Ley 995 de noviembre de 2005, que fue sancionada por el presidente Álvaro Uribe Vélez y que, en aplicación al principio de igualdad, establece que los empleados públicos, los trabajadores oficiales y los trabajadores del sector privado tendrán el mismo régimen, cuando se trate del reconocimiento de vacaciones en caso de retiro del servicio o terminación del contrato de trabajo.

Al respecto el Artículo Primero de la nueva Ley 995 señala: “Del reconocimiento de vacaciones en caso de retiro del servicio o terminación del contrato de trabajo. Los empleados públicos, trabajadores oficiales y trabajadores del sector privado que cesen en sus funciones o hayan terminado sus contratos de trabajo, sin que hubieren causado las vacaciones por año cumplido, tendrán derecho a que éstas se les reconozcan y compensen en dinero proporcionalmente por el tiempo efectivamente trabajado”.

La Ley 995 rige a partir de su sanción y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el artículo 21 del Decreto 1045 de 1978 y el numeral 2 del artículo 189 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 27 de la Ley 789 de 2002.

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