Hasta
el 6 de diciembre próximo
AMPLIAN PLAZO PARA PRESENTAR RECURSOS DE
REPOSICIÓN POR
ACREENCIAS DE CAJANAL
- Cajanal EPS en liquidación calificó las
acreencias presentadas oportunamente
Bogotá, 16 nov. (SNE).- El pasado 8 de noviembre de 2005
se expidió la Resolución N° 291, por medio de
la cual se decide sobre las reclamaciones presentadas oportunamente
al proceso liquidatorio de CAJANAL S.A. EPS, señalando los
créditos aceptados y rechazados con relación a los
bienes y sumas de dinero excluidos de la masa de la liquidación,
la cuantía y el orden de restitución.
Así mismo se indican los créditos aceptados y rechazados
contra la masa de la liquidación, la naturaleza de las mismas,
su cuantía, las preferencias que determina la ley y la prelación
para el pago, y adicionalmente se resuelven las objeciones presentadas.
El 15 de noviembre de 2005, mediante la
resolución 300
se aclararon algunos puntos de la resolución 291 y se amplió hasta
el martes 6 de diciembre, a las 5:00 de la tarde, el plazo para
que los acreedores cuyas acreencias fueron reconocidas en el proceso
de liquidación de CAJANAL S.A. EPS, presenten los recursos
de reposición contra las resoluciones proferidas, en los
términos del artículo 28 del Decreto 2211 del 8 de
julio de 2004.
¿Qué deben hacer los acreedores que se hicieron
parte oportunamente del proceso liquidatorio? Si lo consideran
procedente, presentar recurso de reposición a las resoluciones
señaladas, ante el Agente Liquidador en la sede única
en Bogotá de Cajanal en Liquidación –Transversal
45 N° 41-53 en el Centro Administrativo Nacional CAN- acreditando
la calidad de acreedor entre los días 30 de noviembre y
6 de diciembre.
También los acreedores pueden consultar el texto de las
Resoluciones No. 291 y 300 de 2005, en la página web www.cajanalliquidacion.gov.co y/o solicitar información al correo electrónico:
atencionacreedores@cajanal.gov.co y en los teléfonos: 2221926
y 2223071.
La atención personalizada a los acreedores se presta en
la sede única de atención situada en la Transversal
45 No.41-53 del Centro Administrativo Nacional –CAN- en Bogotá,
D.C. en el horario de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde,
de lunes a viernes.
Los acreedores solamente se tienen que
entender con el Agente Especial Liquidador y los funcionarios
por éste delegados,
pues ninguna otra persona esta autorizada para hacerlo.
Si los acreedores tienen quejas o denuncias pueden comunicarlas
directamente al liquidador en el correo: liquidador@cajanal.gov.co |